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Sanciones

Multas de hasta 1 millón de euros a los grafiteros en la Serra

La nueva ley de la Serra persigue y castiga los grafitis en los paisajes y construcciones

Imagen de archivo de un grafiti en un 'marge' de la carretera de sa Calobra. | GRUP SERRA

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Las personas que realicen cualquier pintada, grafiti, rascada o expresión gráfica sobre elementos protegidos de la Serra de Tramuntana serán sancionadas con multas de entre 6.001 euros y un millón de euros. La nueva Ley del Paisaje Cultural de la Serra de Tramuntana (cuyo borrador presentó este miércoles 30 de noviembre, la presidenta del Consell, Catalina Cladera ,a alcaldes, agentes, asociaciones y colectivos de la zona) ofrece el marco normativo para castigar duramente a quienes realizan este tipo de prácticas.

El título VII de la norma define y tipifica las nuevas infracciones como leves, graves y muy graves. Define quiénes deberán responder por ellas y cuáles serán los castigos. Saltarse las restricciones temporales de acceso a espacios sensibles de la Serra (como las que se aplican en Formentor cada verano), e instalar plataformas, objetos o cartelería que puedan dañar los olivares y olivos monumentales o distorsionar su estética están tipificadas como infracciones leves con multas que oscilan entre los 300 y los 6.000 euros.

El Consell de Mallorca será especialmente duro con los grafiteros y los autores de pintadas. Si estas se realizan en fachadas de inmuebles, instalaciones, monumentos, edificios, rocas o paredes (incluidos los acantilados) la infracción será considerada grave y la sanción oscilará entre los 6.001 y los 150.000 euros. El importe de la multa puede llegar a un millón de euros si las pintadas afectan a elementos declarados patrimonio histórico.

Serán responsables de las infracciones, no solo las personas, instituciones o empresas que incumplan la norma (ya sean públicas o privadas) sino también los promotores, técnicos y cualquier empresa que haya participado en las mismas. Además de abonar la correspondiente multa los responsables deberán restituir el medio a su estado original y hacerse cargo de los daños y perjuicios que la actuación ha podido ocasionar. En el caso de no hacerlo la administración podrá actuar de forma subsidiaria y después pasarles la factura. Las infracciones graves y muy graves (como las pintadas) no prescribirán hasta que hayan pasado ocho años desde la comisión del hecho delictivo.

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