El efecto jurídico más trascendente que puede tener el fallo del tribunal europeo es la nulidad del juicio del 'procés'.
La sala que presidía Manuel Marchena juzgó a Oriol Junqueras, que pudo presentarse a las elecciones europeas y que obtuvo un escaño por Esquerra Republicana. Sin embargo, el Tribunal Supremo impidió que pudiera formalizar los trámites para ser proclamado eurodiputado cuando estaba siendo juzgado y todavía no existía una condena firme en su contra. Este es el punto clave del asunto.
En el caso de que el tribunal hubiera permitido a Junqueras asumir su condición de eurodiputado, entonces hubiera tenido que suspender el juicio porque no tiene jurisdicción sobre estos aforados. Así, Junqueras puede esgrimir ahora que el juicio del 'procés' estuvo contaminado por este error, y pedir la nulidad de la sentencia al propio tribunal.
Este embrollo jurídico supone un nuevo revés para la justicia española, cuyas decisiones han sido discutidas por los jueces ordinarios de Bélgica, Alemania, Escocia y, ahora también, de las instituciones judiciales de Europa.
Tras las elecciones , la Eurocámara aseguró en un informe, que Puigdemont debía recoger su acta en Madrid para tener la inmunidad. «Su presencia en Madrid es obligatoria para acatar la Constitución española y poder ser incluido en la lista comunicada por las autoridades españolas al Parlamento Europeo», en el reglamento del propio Parlamento Europeo, se especifica que la inmunidad parlamentaria no es un privilegio personal de los diputados,Si están en su Estado de origen (en ese caso la normativa sobre la inmunidad que rige es la dicho Estado) «la inmunidad se adquiere al jurar la Constitución en España (y no antes)» Si están en otro país de la UE (ahí rige la normativa del Parlamento Europeo)