Confirmado por Hacienda: las personas que vivan con mayores de 65 años podrán beneficiarse de hasta 1.150 euros

La Agencia Tributaria amplía beneficios según edad y condiciones

Convivencia

El importe deducible puede aumentar cuanto mayor sea la edad de la persona con la que se convive | Foto: Freepik

| Palma |

En España, durante 2025, los contribuyentes que convivan con ascendientes mayores de 65 años podrán beneficiarse de una importante desgravación fiscal en la Declaración de la Renta. La medida, contemplada por la Agencia Tributaria, establece una deducción de 1.150 euros por cada persona mayor de esa edad que resida en el hogar, con posibilidad de aumentar la cuantía para mayores de 75 años.

Esta iniciativa busca equiparar el tratamiento fiscal de estas unidades familiares al que ya existe para personas con discapacidad igual o superior al 33%, ofreciendo un alivio económico a quienes asumen responsabilidades de cuidado y convivencia con sus progenitores o ascendientes.

Las condiciones para acceder a esta deducción no se limitan únicamente a la edad del conviviente; también se estipula un conjunto de requisitos relacionados con la convivencia, rentas y otros datos fiscales del solicitante.

Deducción para convivientes de personas mayores

El beneficio principal establece que, por cada persona mayor de 65 años que resida con el contribuyente durante al menos la mitad del periodo impositivo del año fiscal 2024, este podrá deducir hasta 1.150 euros en su declaración. Esta cuantía es similar a la concedida por un familiar con discapacidad reconocida.

Sin embargo, si el ascendente tiene 75 años o más, el importe deducible se incrementa sustancialmente hasta 2.550 euros, reconociendo así el mayor impacto que puede suponer el cuidado y atención en edades avanzadas.

Para poder beneficiarse de esta ventaja fiscal, además de cumplir con la edad del ascendiente y el periodo mínimo de convivencia, el contribuyente no debe haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales, exceptuando aquellas que estén exentas de tributación. Asimismo, el importe total del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del solicitante no debe superar los 1.800 euros.

Es fundamental señalar que incluso quienes no estén obligados a presentar la Declaración de la Renta por ingresos bajos podrían convenir en realizarla para aplicar esta deducción y obtener el correspondiente beneficio económico.

3 comentarios

Mirandes Racing Cartagena Cornella Teruel Jordi R. Mirandes Racing Cartagena Cornella Teruel Jordi R. | Hace 6 días

Todas las ayudas son para vagos e inmigrantes. Vergozoso

user Tom | Hace 6 días

Dinero para las familias que viven de ayudas.

Cock&Roi Cock&Roi | Hace 8 días

Es ridículo, nadie hace renta por menos de 15876 con más de un pagador y 22000 con pagador único. Si la deducción es para menos de 8000 es una deducción sobre nada. Es un titular vacío de contenido que no le cuesta un euro a hacienda y parece que hace algo. Es vergonzoso y una tomadura de pelo.

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