El próximo 22 de diciembre tendrá lugar el ansiado Sorteo de la Lotería de Navidad, uno de los acontecimientos más esperados del año. Millones de personas probarán suerte, comprando uno o varios décimos con la esperanza de que les toque algo. Desde la entrada en vigor del euro en España, un décimo de Lotería cuesta 20 euros, sin embargo, si se compra fuera de las administraciones oficiales de Loterías y Apuestas, se suele encontrar a 22 euros. Esta fenómeno no es extraño, de hecho, además de habitual es legal, aun que no en todos los casos. Según la Instrucción General de Loterías esta práctica es legal siempre y cuando el establecimiento que venda los décimos cuente con la autorización expresa de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuesta del Estado (Selae).
Además de en bares o restaurantes, es muy común que otras entidades también cobren este sobreprecio de dos euros en los billetes que ponen a la venta de cara a la Navidad. Un caso práctico sería un club deportivo que quiera probar suerte con los miembros de su equipo o un colegio que quiera participar en el Sorteo con los padres de los alumnos de su centro. En ambos supuestos, los dos euros adicionales se cobran en concepto de participación, en calidad de donación a la organización que comparte su número, ya que al obtener el décimo en primer lugar ya abonó un coste adicional.
En cuanto a por qué se cobran dos euros y no otra cantidad, la respuesta es sencilla. El artículo 274 del la Instrucción General de Loterías indica que se puede autorizar un recargo en las participaciones «no superior al veinte por ciento del importe de las mismas», que en este caso podría el tope en dos euros. En todo caso, esta transacción está recogida por la normativa y no incurre en ilegalidad al no estar considerada reventa. En caso de no contar con autorización y querer vender billetes a un precio superior, si se trataría de una falta grave al considerarse contrabando y fraude.