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Caso mascarillas

Este es el expediente con el que el Govern de Armengol justificó la compra de mascarillas

Se firmó el día en el que Marga Prohens fue investida presidenta del Govern en el Parlament

Imagen de archivo de Patricia Gómez cuando era consellera de Salut, | Pilar Pellicer

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El Govern de Francina Armengol firmó un contrato por valor de 3,7 millones con Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas SL, una de las empresas implicadas en la investigación por corrupción que está llevando a cabo la Audiencia Nacional. Esta operación que se ha saldado con una veintena de detenidos, el más destacado Koldo García, que fue mano derecha del ministro de Fomento, José Luis Ábalos. En Baleares, el contrato para adquirid mascarillas se hizo a través de un procedimiento negociado sin publicidad el 8 de mayo de 2020. Posteriormente, se supo que el material no cumplía la normativa y no se pudieron utilizar. Sin embargo, el departamento liderado por Patricia Gómez no reclamó una indemnización a la citada empresa hasta el 6 de julio de 2023, día en el que Marga Prohens fue investida presidenta del Govern y el PP ha denunciado que el PSOE no lo hizo hasta que no supo que no perdía la presidencia. Ultima Hora ha tenido acceso al expediente que justifica la compra y pide el dinero.

Lea aquí el documento

El citado documento argumenta que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró la emergencia de salud pública de alcance internacional el brote mundial de coronavirus. «Ante esta situación pandémica y siguiendo las directrices del Procedimiento del Ministerio de Sanidad, el Servicio de Salud de las Illes Balears debe garantizar las medidas de prevención del personal a su cargo ante un escenario de transmisión comunitaria. Ante el desabastecimiento mundial de componentes del equipo de protección individual frente al COVID-19, el Servicio de Salud se ve en la necesidad de realizar contratos de emergencia con proveedores que puedan suministrar este tipo de material».

El expediente detalla la cronología de los hechos. En concreto, el 25 de abril de 2020 la empresa Soluciones de Gestión envió un correo electrónico ofreciendo «un avión repleto de mascarillas KN95» y aseguró que «estaba en disposición de suministrar 1.480.600 mascarillas de protección para vapores orgánicos KN95 de un solo uso». Ese mismo día, la citada empresa envió toda la documentación técnica del contenido del material de protección que estaba llegando al aeropuerto de Barajas «incluyendo los test Report del estandar ejecutivo GB2626 así como Inspection Report de contaje, empaquetado y fotografías de los productos».

«Una vez revisada dicha documentación por parte de los técnicos enfermeros pertenecientes al departamento de Recursos Materiales de la Central de Compras» se comprobó que el material «cumplía la normativa china CNAS» y la GB2626/2006; el proveedor realizó una declaración de conformidad, envió un certificado CE de ECM; y se destaca que la disponibilidad de la mercancía era casi inmediata, ya que llegaba a Barajas al día siguiente, el 26 de abril.

La Conselleria de Salut, liderada por Patricia Gómez, justifica que «ante la urgencia de la situación y la posibilidad en esos momentos, por una parte de que dicha carga se reasignara a otra entidad y, por otra parte, tener que dar mascarillas a toda la población civil y a otros entidades , empresas (públicas y privadas) que en dicho momento solicitaban al Servicio de Salud de las Islas Baleares material de protección se aceptó dicho ofrecimiento de la empresa y se les comunicó verbalmente. En este caso, al revisar la documentación pero no disponer de muestras físicas de dicho material se decidió aceptar dicho ofrecimiento y enviar las mascarillas a analizar posteriormente». El pedido se realizó en el sistema SAP MM el 29 de abril de 2020.

¿Por qué se codificaron de forma diferente?

Una de las incógnitas es por qué se codificó de forma diferente, a lo que en el expediente se responde que se debe a que «desde el inicio dichas mascarillas no estaban pensadas para distribuirse dentro del ámbito hospitalario, sino en el ámbito civil. Es por ese motivo que se codificaron de forma distinta, para tenerlas diferenciadas de las mascarillas FFP2 de uso hospitalario». Además, se añade que se almacenaron «en las antiguas dependencias de Son Dureta para poder distribuirlas en cuanto y donde se decidiese».

Las mascarillas no era aptas

Además, se expone que «en el momento en que la gestión de la situación pandémica lo permite, el Servicio de Salud solicita al Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo y del Centro Nacional de Medios de Protección (CNMP), el análisis de las mascarillas suministradas por la empresa Soluciones de gestión y apoyo a empresas SL». El resultado fue que «ninguna de las cuatro referencias cumple con los requisitos de una mascarilla tipo FFP2 y, en consecuencia de su equivalencia KN95 que fue el tipo ofrecido y recibido por la empresa». En ese momento, Salut ordena «a los centros logísticos sanitarios dependientes la retirada de la distribución de estas mascarillas y a su almacenamiento hasta que se tomen las medidas oportunas. Dichas mascarillas se han almacenado en las dependencias del SSIB hasta el año 2023, que es cuando la OMS ha declarado el fin de la pandemia».

El 6 de julio de 2023, uno de los últimos días del equipo liderado por Gómez al frente de la Conselleria (estaban en funciones) se reclama a la empresa Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas SL que indemnice al Servicio de Salud «por valor de 2.626.584,40 euros, correspondiente a la diferencia de precio entre las mascarillas KN95/FFP2 solicitadas y las mascarillas quirúrgicas entregadas por la contratista». Esta demanda está basada en que «el SSIB se quedó dichas mascarillas para su uso en el caso de ser necesario. El precio pagado era superior al precio máximo de mercado de las mascarillas quirúrgicas. En el momento en que se recibe el resultado del análisis de Ministerio de Trabajo y Economía Social, el Servicio de Salud procede a comunicar a los centros sanitarios dependientes la retirada de estas mascarillas y a su almacenamiento hasta que se tomen las medidas oportunas. Desde el momento en que se recibieron los resultados de las analíticas quedó pendiente una compensación por el fallo de dicho análisis. Dicha compensación no se ha podido reclamar anteriormente por seguir la pandemia vigente en ese momento habiéndose recientemente declarado su fin por la OMS el 05/05/2023. En estos momentos y ante el fin de la situación pandémica se procede a solicitar dicha compensación».

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