Los cuatro policías del Grupo de Blanqueo de la Policía Nacional acusados por irregularidades en los casos Cursach y ORA junto al juez Penalva y el exfiscal Subirán también se defienden. Los escritos de defensa elevados al TSJIB se apartan del ataque furibundo de Penalva y Subirán a la actuación de la Fiscalía. Mantienen en común con éstos varias cuestiones previas que solicitan la nulidad de todo el procedimiento en base al ‘caso Móviles' y que, en especial, buscan dejar fuera los mensajes de WhatsApp. Todos ellos afrontan peticiones de cárcel que bordean los cien años por, entre otros delitos, detenciones ilegales.
De los seis acusados, el único que defiende los arrestos de ‘caso ORA' y sostiene que existían indicios suficientes es el exsubinspector del grupo, Miguel Ángel Blanco, defendido por el exfiscal Pedro Horrach. Argumenta que existían indicios y testigos que avalaban las sospechas de amaño del concurso y que, «tras varias reuniones entre el equipo policial, el Magistrado y el Fiscal, se tomó conjuntamente la decisión de desarrollar el operativo». También que estas tuvieron el beneplácito de sus superiores. Detalla las diligencias de investigación que llevó a cabo y que, de ellas se constataron «indicios incriminatorios racionales y suficientes», algo que también extiende a los arrestos de la familia de Álvaro Gijón, por los que también esta acusado.
También defiende Horrach el «estricto y riguroso cumplimiento de la legalidad por parte del señor Blanco» en su trato a detenidos o testigos: «Tenía la obligación de informar a las personas detenidas con todo grado de detalle de los motivos de su detención, de los derechos que les asisten, así como de los hechos específicos que les atañen». Varias acusaciones sostienen que se intentaba presionar a los detenidos en esos encuentros.
Sostiene, entre los motivos de nulidad, que el TSJIB ya dejó sentado en el juicio al exmagistrado Miquel Florit, que la intervención de los móviles de dos periodistas se justificó para averiguar los autores de las filtraciones. Mantiene que ese dato no se puede alterar ahora por principio de «seguridad jurídica» y que, por tanto debe excluirse del procedimiento todo lo actuado a partir de ese momento procesal, lo que deja fuera los whatsapp.
El máximo responsable del grupo, el inspector José Luis García Reguera, limita su participación en las investigaciones. Era el único que no formaba parte del grupo de WhatsApp. Algo similar hace la inspectora Blanca Ruiz, quien justifica que dejó la investigación y que no participó en buena parte de las diligencias porque se trasladó a Madrid.