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Caso Cursach

Fiscalía también reclama penas que superan los cien años de cárcel para Penalva y Subirán

Les acusa de doce detenciones ilegales en las instrucciones de los 'casos ORA' e IME

Manuel Penalva y Miguel Ángel Subirán y una imagen de archivo. | Pere Bota

| Palma |

La Fiscalía Anticorrupción califica con dureza contra el exjuez Penalva y el exfiscal Miguel Ángel Subirán. El Ministerio Público reclama 118 años para el primero y 121 y nueve meses para el segundo. Les acusa de 15 detenciones ilegales, todas las practicadas en el ‘caso ORA', dos prevaricaciones en concurso con detención ilegal por dictar dos autos de ingreso en prisión en esa causa, revelación de secretos y varios delitos de obstrucción a la justicia por presionar a testigos y detenidos para que cambiaran sus declaraciones.

La calificación incluye a cuatro antes del Grupo de Blanqueo de la Policía Nacional: al inspector José Luis García Reguera le reclama 83 años y medio; a la inspectora Blanca Ruiz Alfaro, 96; al agente Miguel Ángel Blanco, 111 y a su compañero Iván Bandera, 101. La calificación de los fiscales Tomás Herranz y Fernando Bermejo implicaría una pena máxima efectiva para los dos principales acusados de 20 años, la más grave de todas las que se han puesto hasta ahora encima de la mesa.

El escrito de calificación presentado ante el TSJIB se centra sobre todo en el ‘caso ORA' y suma algunos hechos del ‘caso Cursach', como unas coacciones a Bartolomé Sbert en la cárcel por parte de un policía y otras similares a un funcionario municipal que estaba en prisión preventiva y al que se instó a que cambiara de declaración, según la acusación, a cambio de quedar en libertad. Es decir, todos los hechos por los que la Audiencia Provincial dedujo testimonio a raíz de lo visto en el juicio del ‘caso Cursach' queda fuera de este juicio y formará un procedimiento judicial autónomo.

Anticorrupción recuerda que el ‘caso ORA' surge de la declaración de un testigo protegido que dijo haber escuchado rumores de amaño del concurso. A partir de ahí, se llevó a cabo una «muy deficiente investigación» policial. Así, señalan que sin detallar el papel de cada uno de los sospechosos ni analizar por falta de capacidad de los policías el expediente administrativo completo, se decidió llevar a cabo doce detenciones, que se practicaron en octubre de 2016. Las fichas que acompañaron esta operación mostraban la intención de que cada sospechoso «vendiera a» otros, con Álvaro Gijón en el centro de la diana.

A partir de ahí relata una serie de presiones a los investigados a los que juez, fiscal o policías les advertían que podían pasar a ser testigos en función de su declaración. Los hechos más graves por los que califica la Fiscalía son las órdenes de ingreso en prisión que dictó Penalva respecto al empresario Antoni Roig y el funcionario Miguel Femenía. Ambos estuvieron 21 días en la cárcel. Según la Fiscalía sin indicios suficientes de su participación en ningún delito y tras haber sido presionados para declarar en un sentido determinado.

Las otras tres detenciones ilegales que incluye la Fiscalía son las del hermano y los padres de Álvaro Gijón que pretendían, según el escrito, presionar al político y que tampoco estaban respaldadas por indicios suficientes ni por ninguna necesidad, toda vez que los investigadores contaban con toda la documentación necesaria, eran personas con domicilio conocido y sin riesgo de reiteración delictiva o fuga.

La calificación de Fiscalía se suma a otra media docena de escritos presentados por las acusaciones particulares, comenzando por Cursach y Sbert. El caso está ahora en un parón. Después de que el magistrado instructor, Carlos Gómez, decretara el sobresimiento libre, esta decisión fue revocada por la Sala de lo Civil y Penal del TSJIB que sí apreció indicios de delito en la actuación del exjuez y el exfiscal. La causa ahora mismo está pendiente de que se resuelvan una serie de recursos planteados por dos periodistas por la sentencia del Tribunal Constitucional en el ‘caso Móviles'. La Sala, en cualquier caso ha descartado que se pueda ahora decretar una nulidad y, en un auto del pasado octubre, derivaba cualquier decisión en este sentido al juicio oral.

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