Un juzgado de Palma ha absuelto a un hombre de treinta años al que la Fiscalía reclamaba un año y medio de prisión por el nuevo delito de acoso. Se trata del primer caso de este tipo juzgado en Mallorca. El delito persigue a hombres que intentan contactar de forma insistente con mujeres a través de cualquier medio y que provocan que éstas tengan que cambiar sus rutinas para evitarles.
En este caso, la sentencia considera probado que el acusado se dirigió en varias ocasiones a su antigua pareja a través de las redes sociales y que, incluso le dejó dos notas en el parabrisas de su coche y señala: «resulta evidente que el acusado quería hablar personalmente y ver a su expareja, pero las molestias o el fastidio que producen este tipo de actos no pueden forzar una interpretación extensiva y por ello contraria al principio de legalidad».
La denunciante había terminado la relación con su novio en diciembre de 2016. Al año siguiente, en varias ocasiones intentó enviarle mensajes por WhatsApp. La joven le había bloqueado. Así, optó por dejarle notas en el coche. En una de ellas le decía que le había hecho muy feliz y, en la otra, le pedía quedar para hablar: «No me obligues a crearme un perfil de Loovo (una red de ligues) para hablar contigo». La magistrada acepta los argumentos de la letrada defensora, Asunción Deyá y señala que la frase «no contiene amenaza ni ninguna coacción». «Ni las llamadas ni los mensajes fueron numerosos ni insistentes, contumaces o reiterados», señala la sentencia.
En el juicio, la víctima contó que había dejado de ir al gimnasio para no cruzarse con el acusado. La resolución señala que lo hizo, no porque se sintiera intimidada o asustada: «Es lógico que, cuando se corta una relación se intente coincidir lo menos posible y, en muchas ocasiones, se suelen cambiar las rutinas para evitar encuentros enojosos. Eso no es coacción, sino una manera de evitar conflictos». Así, entiende que los hechos no tienen la gravedad que requiere el nuevo tipo delictivo y por eso, lo absuelve.