Una sentencia respalda la decisión del Estado Mayor del Ejército de separar del servicio a un sargento de Infantería de Palma investigado por acosar a su ex pareja, una soldado que estaba destinada en su misma unidad. Ambos militares habían mantenido una relación de pareja que se rompió en septiembre de 2020. Desde entonces, el sargento intentó contactar por teléfono en varias ocasiones con la soldado, con episodios de celos y mensajes humillantes «dirigidos a menoscabar la integridad personal y profesional de la víctima».
A raíz de esos sucesos, la soldado presentó una denuncia en la jurisdicción ordinaria contra el sargento y un juzgado de Instrucción de Palma acordó una orden de alejamiento de 250 metros, lo que impedía que ambos permanecieran en la base Jaume II de Palma. Los dos fueron trasladados, él a General Palacios y ella a un regimiento asentado en Madrid. En paralelo, el Ejército de Tierra abrió un expediente disciplinario por una posible falta muy grave cometida por el sargento «por la comisión de unos hechos que, con independencia de acontecer fuera del ámbito castrense, podrían comprometer la imagen y dignidad del militar». De forma cautelar se le apartó del servicio, aunque el expediente quedó parado mientras se resuelve la denuncia penal en contra del sargento.
El sargento argumentaba que no era necesario ese apartamiento dado que ambos estaban en acuartelamientos diferentes y que, en cualquier caso no se le imputaban hechos graves a su juicio dado que solo se le investigaba por unos insultos a su expareja por whatsApp, según su versión. También se basaba en una serie de informes de sus superiores en Palma que tampoco habían visto necesario apartarle de sus funciones. Esa decisión fue adoptada por a partir de un informe de la general auditor asesora jurídica del Ejército.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso presentado por el sargento. «Esta Sala comparte que los hechos revisten de una clara gravedad porque revelan un prevalimiento de un superior respecto de su subordinado». A ese abuso suma otras circunstancias como la alarma que se produjo entre el personal de la unidad y respalda la decisión adoptada. A la hora de ponderar entre el perjuicio causado por la suspensión tanto al sargento como a la unidad en la que estaba destinado y la gravedad de la denuncia por violencia de género, el tribunal considera ajustado que el Ejército se decantara por apartar del servicio al militar.
llaütGracias por tu diagnóstico nada simplista de la situación.