¿En qué consiste la nueva normativa de ascensores y cuándo entrará en vigor?

El director de FEEDA asegura que «con estas medidas, se podrán eliminar el 90 % de los accidentes de usuarios»

Maquinaria de los ascensores

Maquinaria de los ascensores | Foto: FEEDA

| Palma |

El próximo 1 de julio entra en vigor la 'Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1', que obligará a llevar a cabo la adaptación de entre 10.000 y 12.000 ascensores en Baleares. El director de la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), José Carlos Frechilla, asegura que «con estas medidas, se podrán eliminar el 90 % de los accidentes de usuarios» de los elevadores y señala que los más habituales son «tropiezos con caída al entrar o salir, golpes de las puertas que se cierran, atrapamientos por avería mal o tardíamente comunicados, accidentes con mascotas, etc.».

Frechilla explica que «la instrucción técnica complementaria (ITC) trata de regular dos grupos de aspectos. Por una lado, se definen mejor las atribuciones, obligaciones y derechos de los titulares de los ascensores (comunidades de propietarios en gran parte) y las empresas mantenedoras. Como aspectos más relevantes, se dispone que las empresas mantenedoras han de tener un listado disponible de las intervenciones y mantenimientos hechos en cada ascensor, con fecha, hora de entrada y de salida. También se aumenta la cuantía del seguro de responsabilidad civil. Las empresas han de redactar un manual de mantenimiento para cada ascensor que tengan bajo contrato».

Fuera de servicio

Cabe precisar que los ascensores han de pasar una inspección periódica obligatoria (OCA) cada cuatro años, como hasta ahora. La diferencia es que si llegada la fecha de esa inspección y no se hace, la ley obliga a dejar el ascensor fuera de servicio. «Es análogo a las ITV de los coches y con el mismo propósito. El titular es el responsable de tener en custodia la documentación legal del ascensor», pone como ejemplo.

Por otro lado, señala que «cuando el titular cambie de empresa mantenedora, el ascensor también ha de pasar una inspección, aunque no le toque por fecha, por un Organismo de Control Acreditado (OCA)». En el caso de las operaciones de rescate, con la nueva normativa solo pueden ser realizadas por la empresa mantenedora o servicios de emergencia autorizados (bomberos); no pueden llevarlas a cabo los conserjes, porteros o encargados de mantenimiento del edificio. Además, todos los ascensores que se instalen nuevos, antes de ser puestos en marcha, tendrán que pasar una inspección previa.

La citada normativa también cuenta con «una serie de medidas encaminadas a aproximar las seguridades del parque existente de ascensores, al parque más actual. Así, se dispone de entre otras muchas cosas, que los ascensores han de lograr una precisión de nivelación y parada en todas sus plantas de +/- 10mm. También han de disponer de sistema de comunicación bidireccional entre cabina y centro de 24 horas para casos de atrapamiento. Otra nueva medida técnica es disponer de pesa cargas en cabina, que evita que el ascensor arranque si detecta que se supera la carga máxima para la que esté diseñado».

Otra novedad se da en los ascensores con puertas automáticas de cabina, «ya que se sustituirá la fotocélula de puertas a nivel inferior, por una barrear fotoeléctrica en casi toda la altura de la puerta, para que se detecten objetos a media altura y no se cierren las puertas (un paraguas que sobresale, una persona que asoma, o correas de mascotas)». El directo de FEEDA asegura que «con estas medidas, se podrán eliminar el 90 % de los accidentes de usuarios en el uso del ascensor, que son tropiezos con caída al entrar o salir, golpes de las puertas que se cierran, atrapamientos por avería mal o tardíamente comunicados, accidentes con mascotas, etc.».

¿Qué plazos hay para ejecutar la ley?

La ley entra en vigor el próximo 1 de julio, por lo que a partir de esa fecha, las inspecciones periódicas obligatorias que se vayan haciendo determinaran las modificaciones o adaptaciones que se deban realizar en cada ascensor. Estas se establecerán según la naturaleza de la modificación, así como plazos a partir de esa inspección, que pueden ser de seis meses, un año o hasta la siguiente inspección a los cuatro años.

Falta personal

El director de FEEDA expone que «el sector adolece de falta de personal desde hace años, en especial de técnicos de mantenimiento, profesión a la que se accede de forma reglada y/o acreditada. Esta nueva ITC, conllevará más horas dedicadas por parte de las empresas a las tareas de modificaciones, pero va a ser de forma paulatina en el tiempo (años). Ya en otras ocasiones con motivo de cambios legislativos europeos, el sector se enfrentó a un gran aumento de la carga de trabajo y las distintas empresas pudieron optimizar y aumentar sus recursos para atender la demanda». En este punto, expone que «en el sector preocupa la disponibilidad de medios humanos para que los Organismo de Control Acreditado puedan hacer su trabajo, dado en incremento exponencial de las inspecciones a realizar».

7 comentarios

user JLM | Hace un año

Si se tienen que actualizar por seguridad bien… pero esto suena a cuota para más recaudación

Chichi Forever Chichi Forever | Hace un año

ma non troppoTú te has leído los motivos que aducen para imponer la nueva normativa?. Obviamente el tema de ver los muros era insostenible y debía solucionarse. Lo de ahora son excusas inventadas.

ma non troppo ma non troppo | Hace un año

Chichi ForeverQuiero creer que no todo es recaudatorio. El mío es de los que solo tenían la puerta de entrada y veías la pared al subir y bajar. Años después se le instalaron dos puertecitas que tienen que funcionar de conformidad con los otros elementos. Lo comprendo. Y que conste que no estoy para gastos extras.

user Ángel | Hace un año

Gracias a estos nuevos trámites burocráticos y estos nuevos gastos son venir a cuento, se podrá solucionar el problema de las decenas de miles de muertos que tenemos al año por el mal funcionamiento de los ascensores que tan preocupados tiene a los ciudadanos, buen trabajo.

user Biel | Hace un año

Lladres

user CrashOverride | Hace un año

Menudo negocio se traen entre manos...ya sólo el que te obliguen a pasar una inspección cuando cambias de empresa de mantenimiento aunque haya pasado el mantenimiento el día anterior demuestra por donde van los tiros. Se pretende beneficiar a las empresas de este sector, las cuales se van enriquecer con los miles de adaptaciones que van a hacer a los ascensores ya existentes, y encima el precio del mantenimiento será cada vez mas caro, porqué pagar una revisión inicial desincentiva el cambio de empresa, y sabiéndolo te irán subiendo el precio descaradamente. Te imaginas que para cambiar el seguro del coche hayas de pasar la ITV??? Pues es lo mismo.

Chichi Forever Chichi Forever | Hace un año

Menuda colección de chorradas para justificar lo que en el fondo es un nuevo impuesto salido de la nada. Tropiezos al entrar o salir? Golpes con las puertas? Que no se cierren las puertas por un paraguas a media altura?. Riesgos para las mascotas???. Esto es una locura. Y nosotros, tragando y tragando.

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