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ESTAFA EN MALLORCA

¿Qué hacer si eres víctima del cierre de los centros de estética de Ideal en Mallorca?

La Direcció General de Consum lanza una nueva guía con recomendaciones para quienes se hayan visto perjudicados

Imagen del centro de estética vinculado a Ideal cerrado en Porto Pi. | Teresa Ayuga

| Palma |

La cifra de afectados por el cierre del último centro de estética vinculado a Ideal en Mallorca -explotado bajo la marca de Centros Blumed- en Port Pi sigue creciendo, y a expensas de una futura reunión convocada por parte de Consubal entre las personas que se han visto perjudicadas por este hecho, la Direcció General de Prestacions, Farmàcia i Consum del Govern ha lanzado de nuevo una circular que recuerda las líneas de actuación recomendada en caso de ser uno de los afectados.

Consum recuerda los datos fiscales de la empresa Centro Ideal ANJG SL, titular del establecimiento del Centro Blumed de Porto Pi, además del correo electrónico de contacto del que dispone: atencionalcliente@centrosideal.com.

Desde el Departament de Consum, se recuerda la importancia de guardar toda la documentación que se posea en relación a los servicios contratados -y pagados en muchos casos- y que no se hayan satisfecho, de la misma manera que se aconseja presentar una reclamación a la empresa responsable del centro que, en cada caso, se haya concertado. En ella, se deben relatar los hechos sucedidos y detallar lo reclamado en cuestión (devolución de los importes abonados, resolución del contrato firmado, finalización de los tratamientos en curso, realización de tratamientos contratados y no iniciados...). De la misma manera, conviene adjuntar a la reclamación la documentación que justifique la pretensión de cada consumidor.

En caso de que el centro contratado haya cerrado, el usuario puede dirigir su solicitud de acceso a su información personal sobre la prestación del servicio o tratamiento a la sede social de la compañía. Para solicitar el acceso a esos datos personales, se puede hacer uso del formulario creado a tal efecto por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): https://www.aepd.es/sites/default/files/2019-09/formulario-derecho-de-acceso.pdf.

Además, y en el supuesto de que la compañía no facilite esa información, el usuario puede presentar una reclamación ante la propia APED para hacer valer su derecho de acceso. Se puede formalizar a través del siguiente enlace: https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/infoSede/tramitesCiudadanoReclamaciones.jsf.

Si el tratamiento contratado con Centros Ideal se ha financiado con un crédito ofrecido por el mismo centro y vinculado a la prestación del servicio, el objetivo de los afectados debe ser la entidad financiera, para solicitar la paralización de la emisión de recibos y la devolución de la parte de la financiación pagada que corresponda a la parte del servicio aún no prestado. Esas reclamaciones deberán dirigirse al Servicio de Atención al Cliente, adjuntando las reclamaciones copia de la documentación acreditativa de la relación contractual con ambas entidades.

Destacar que el Banco de España dispone de un buscador que permite consultar los datos de todos los servicios de atención al cliente: https://bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulres_yy_e/Servicio_de_Ate/Servicios_de_At_6d9079a9970c631.html. En el caso de que la entidad financiera no atienda las pretensiones de los afectados, se podrá interponer demanda judicial contra la financiera ante los tribunales de justicia.

Si el tratamiento de ha abonado con tarjeta de crédito, se recomienda contactar con la entidad financiera para intentar anular los cargos, mientras que si Centros Ideal solicita entrar en concurso de acreedores y se acepta, el anuncio del mismo se publicará en el BOE. Todas las personas afectadas podrán, en el plazo de un mes a partir de la publicación del citado anuncio, presentar todos los créditos (cantidades reclamadas) que tengan contra la empresa al administrador concursal desginado. En el portal https://publicidadconcursal.es/ se pude obtener la lista de empresas en concurso.

Para recurrir a los tribunales de justicia, la primera opción de reclamar a la empresa. No obstante, cuando la cuantía no supere los 2.000 euros, el ciudadano podrá presentar una demanda judicial sin necesidad de ser asistido por abogado y procurador.

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