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La Audiencia anula por usura un crédito con un interés del 821,9 %

El tribunal se pronuncia por primera vez sobre microcréditos y anula el contrato del consumidor

El afectado recibirá todo el dinero que pagó en intereses. | Efe

| Palma |

La Audiencia Provincial condena a una entidad financiera a devolver los intereses cobrados a un consumidor por una serie de microcréditos con un interés que llegaba al 821,9 %. Es la primera vez en la que el tribunal balear se pronuncia sobre este producto financiero que otorga créditos de pequeña cantidad sin ningún tipo de control de solvencia previa y a muy corto plazo. A cambios se exige el pago de intereses muy elevados, por encima de créditos al consumo o los de las polémicas tarjetas revolving.

La demanda proviene de un consumidor que contrató con la entidad 4 Finance Spatin Financial Services catorce préstamos entre abril de 2018 y octubre de 2019. Dispuso de cantidades que iban de los 1.000 euros a los 70 y con intereses que partían del 23 por ciento pero que llegaban a superar el 800 por ciento. En total recibió un capital de 9.630 euros y había pagado alrededor de 12.700 euros.
Llegó a la financiera por un vídeo de internet y, a partir de ahí, bastaba con completar un formulario online para conseguir el crédito sin ningún tipo de estudio de solvencia. Ante un impago, el interés superaba el 1 % al día.

Un Juzgado de Primera Instancia de Palma rechazó la reclamación. Esa sentencia admitía que se trató de una contratación transparente y que no era abusiva dado que los intereses están en la media de este tipo de créditos, según los datos de la Asociación Española de Microcréditos.

Para la Audiencia Provincial, en cambio, esa estadística, de una asociación privada, no es válida dado que llegan de entidades que no están sujetas en ningún modo al Banco de España. Descarta que esa explicación de la financiera y otras como el elevado riesgo de impago de estos créditos justifiquen intereses de «naturaleza extraordinaria, prácticamente extravagante».

Añade la sentencia: «La concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos muy superiores a los normales, trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico», añade. El fallo sostiene que no se pueden asumir razones que justifiquen intereses desproporcionados.

¿Qué son?

Este tipo de créditos generalmente provienen de financieras que actúan de forma online y sin ninguna supervisión por parte del Banco de España. Se trata de créditos que se conceden de manera casi instantánea por cuantías pequeñas y con un plazo de vencimiento muy corto, en torno al mes y con una sola cuota de pago. Estos créditos se otorgan sin un examen de solvencia previo y atraen a personas que no pueden acceder a otras vías de financiación.

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