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La Audiencia deja en un tercio una factura de agua de 9.000 euros por una avería

Los jueces reprochan a la compañía no haber avisado del desorbitado consumo

Un ciudadano gastó casi tres millones de litros por un fallo en las tuberías de su chalé. | R.D.

| Palma |

La Audiencia Provincial reparte la factura récord de agua que le llegó a un ciudadano de las Islas: 8.952,06 euros por gastar en apenas dos meses casi tres millones de litros en un chalet. El consumo desproporcionado en una propiedad que apenas pagaba 50 euros mensuales por el suministro se debía a una avería. El fallo estaba en las tuberías que estaban ya dentro de la propiedad, en una zona privativa del consumidor. Por lo tanto, el responsable de cuidar esta estructura era del cliente. Le toca asumir un tercio del total, 2.984,02 euros. El resto le corresponde a la compañía municipal que le suministraba el agua: la Audiencia le considera responsable por no advertir al consumidor de un gasto tan elevado de agua, cuando disponía de la información.

La factura monstruosa fue emitida por el periodo de abril a junio del año 2017. Los meses previos el consumo había sido cero. El abonado decidió no pagar ni un céntimo del recibo y fue la compañía de aguas quien presentó una demanda en su contra en un juzgado de Primera Instancia para reclamar el pago. Este órgano judicial absolvió de forma íntegra al cliente al considerar que a quien correspondía mantener el tramo con la avería era algo en disputa y que siempre debía prevalecer la posición proteccionista a favor de los consumidores. La empresa recurrió porque consideraba que se pretendía recaer sobre ella la culpa de no haber avisado de la avería.

Para la Audiencia es un hecho «notorio» que mantener las instalaciones privativas de distribución es responsabilidad del propietario. Descarta las dudas sobre si esta parte de las tuberías estaban dentro o fuera porque, en cualquier caso no fueron instaladas por la empresa y esta tampoco tiene control sobre ellas.

Consumos

Ahora bien, también deja claro que la compañía tiene acceso a los consumos antes de la lectura final y de la facturación y que, en este caso lo supo antes porque se llevó a cabo un cambio del contador. También le reprocha no haber aportado ninguna prueba de que avisara de lo que ocurría al afectado, ya fuera por carta o por otro medio. «Si bien no cabe eximir de responsabilidad al propietario, cuyas instalaciones eran deficientes, tampoco cabe negar la existencia de responsabilidad en la suministradora, a la cual no le es ajena la obligación de advertir al consumidor en caso de percibir cualquier anomalía en el suministro», concluyen.

Así, ante ese reparto de culpas entre las dos partes. A la hora de distribuir esa responsabilidad valora dos cosas: en primer lugar que la factura abarca dos meses y que, tras una primera mensualidad de consumo desorbitado la empresa se debería haber dado cuenta. Además valora la protección del consumidor. De esta manera deja en un tercio lo que tendrá que afrontar por la factura, lo que no evita que sea de las más altas que se haya visto para un particular por gastar agua de más.

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