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La Fiscalía estudia recurrir la decisión del TSJIB que autoriza las restricciones del Govern

Barceló ha explicado que contra la resolución del Tribunal cabe recurso de reposición

Bartolomé Barceló. FOTO : BOTA | Pere Bota

| Palma |

La Fiscalía de Baleares estudia si recurrirá el auto del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) que autoriza las medidas del Govern ya aprobadas para después de que decaiga el estado de alarma, que incluyen un toque de queda y limitaciones a las reuniones sociales.

Así lo ha indicado el fiscal superior, Bartolomé Barceló, en declaraciones a IB3 a las puertas de la Audiencia Provincial.

Barceló ha explicado que contra la resolución del Tribunal cabe recurso de reposición y, en virtud del Real Decreto aprobado por el Gobierno, un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El fiscal ha explicado que deben examinar los argumentos de la Sala -el Tribunal anticipó este jueves el sentido del auto, pero por el momento se desconoce la fundamentación jurídica-, y si la Fiscalía cree «que es viable», «se estudiará el recurso».

El fiscal, que se había opuesto a parte de las medidas propuestas por el Govern, ha expresado su respeto por las decisiones judiciales «como no puede ser de otra manera». Así, se ha limitado a recordar la posibilidad de recurrir eludiendo «valorar o criticar» públicamente la decisión del TSJIB.

Los magistrados de la Sala de lo Contencioso han decidido autorizar las medidas del Govern, con tres votos a favor y dos en contra. Las medidas incluyen el toque de queda entre las 23.00 y las 6.00 horas, controles para la entrada en la Comunidad, limitaciones a las reuniones y encuentros sociales y restricciones de aforo en lugares de culto.

La Fiscalía de Baleares se opuso a prolongar el toque de queda y limitar las reuniones privadas al finalizar el estado de alarma este domingo. Entiende que estas medidas vulnerarían derechos fundamentales que no se pueden limitar sin el paraguas legal del estado de alarma.

En cambio, la Fiscalía no se opone al aforo establecido para bares y restaurantes, ni tampoco a los límites de la reuniones en espacios públicos -pero sí privados, al entender que afecta al derecho de reunión, a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio-.

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