La Audiencia Provincial de Palma ha anulado un contrato de préstamo concedido a un interés del 24,5 por ciento.
La cliente firmó un crédito de 6.000 euros con la empresa. La sentencia señala que el interés pactado es «manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».
La empresa intentaba justificar estas tasas con el elevado nivel de impago que sufre en operaciones que se conceden de forma instantánea y sin vigilar el crédito del beneficiario. La sentencia critica la «irresponsabilidad» de estas prácticas.