Alumnos de cuarto de Primaria desatados: espiritismo en clase, heridas con bolígrafos y un jaleo constante. La Sala de lo Contencioso del TSJB ha confirmado la sanción de un año de empleo y sueldo por una falta grave a un docente de un colegio público de Palma. La Conselleria intervino a raíz de las denuncias del propio centro y le aplicó al docente una sanción por «falta de rendimiento muy grave».
Se trataba de un profesor interino y fue sancionado cuando apenas iban dos meses de curso. Ya los primeros días, otra profesora del centro tuvo que acudir a poner orden en la clase. Además del ruido, se encontró que algunos alumnos se hacían daño a sí mismos con bolígrafos. Al día siguiente se repitieron los incidentes: los niños salían y entraban de la clase sin supervisión. Otros incidentes que recoge la sentencia son prácticas de espiritismo en el aula.
Grupo conflictivo
El profesor negaba que hubieran ocurrido así los hechos y pidió en los tribunales que se anulara la sanción: argumentaba una serie de defectos de procedimiento en el expediente sancionador, que fueron desestimados y que los hechos no suponían una infracción grave. Según manifestó, tenía un grupo especialmente conflictivo. Ese argumento no le vale al TSJB: «Cualquier titulado en Educación Primaria tiene la capacitación, autoridad y la obligación de gestionar cualquier grupo de alumnos del que es responsable y ha de prestar su labor educativo para con ello, cualquiera que fuere el nivel de dificultad que ello pudiere conllevar».
Sobre la sanción, los magistrados apuntan: «Son unos hechos graves claramente probados, a modo de ejemplo, consentir que en clase y en presencia del profesor, lo alumnos jugaran a juegos de espiritismo, la ausencia de programación docente, ausencia de función tutorial y hasta la autolesión de alumnos en clase en presencia del hoy recurrente, con total inhibición de su posición de autoridad y de máximo responsable del aula, que no impidió tales conductas disruptivas, absolutamente impropias y, desde luego, hasta peligrosas para la integridad física de los alumnos». La Sala confirma así la sentencia de un juzgado de lo Contencioso.