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Cantar también puede ser delito

Concentración en la plaza de Cort pidiendo libertad de expresión y en apoyo al rapero Valtonyc. | Efe

| Palma |

«Es el primer músico que irá a prisión por la letra de sus canciones». El entorno de Valtonyc ha repetido esta afirmación en las últimas semanas después de que la condena de la Audiencia Nacional de tres años y medio de cárcel fuera firme. El rapero, que está fugado, fue condenado por cantar cosas como: «¡Ah! un puto pepero con los sesos fuera» y así hasta medio centenar de versos en la misma línea. Hace doce años, el mismo tribunal absolvió de un delito similar al grupo Soziedad Alkoholica por cantar: «¿No sea que halles un bulto raro? / y que te haga volar / como a Carrero, como a carrero / ay que jodido es ser ‘madero'».

La tensión entre libertad de expresión y otros derechos ha llenado ríos de tinta en los últimos meses a medida que los casos se multiplican y se confunden: poco tiene que ver un rapero con exconsellers procesados por rebelión. Las posturas se polarizan entre los que ven una oleada autoritaria hasta los que celebran la persecución de delitos de odio.

La situación no responde a cambios legales recientes. El abogado y profesor de la UIB, Carlos Portalo, explica que la tipificación de delitos de odio se remonta hasta el nuevo Código Penal, de 1995 que ya recogió la negación del Holocausto. El marco penal quedó terminado con la tipificación de los delitos de odio actual en 2015.

Portalo explica: «El límite a la libertad de expresión no es claro. Se ha de analizar caso por caso». Las clave para que exista un delito del odio está en la intención del sujeto y en el contexto social: «Es decir, si con ocasión del discurso, un colectivo puede ver en peligro su vida, su libertad de expresión, su capacidad para decidir por dónde y cuándo circulan libremente», explica. En su opinión, esos elementos no caben en una canción: «Yo no me figuro que se pueda difundir un mensaje de odio porque ni el contexto ni la intención concurren en cualquier forma de expresión artística».

Juan Manuel Olarieta, el abogado que ha defendido a Valtonyc y a Pablo Hasél, otro rapero condenado, señala: «No ha cambiado nada en los últimos años. Estos casos se producen desde la Transición». Cita precedentes como Egunkaria o Leo Bassi. «Hay una sensibilidad mayor, quizá porque ha coincidido con la ley mordaza», apunta. En su opinión existe un problema de cultura democrática en España que limita la libertad de expresión. «No se terminan de entender los derechos fundamentales. Por supuesto que hay límites, lo que pasa es que sólo se aplican cuando se insulta a la Iglesia, al Ejército o a la Corona», concluye.

En el extremo opuesto, el denunciante de Valtonyc, Jorge Campos señala: «No hay ningún tipo de represión. No se trata de un tema de libertad de expresión sino de una condena por delitos graves. Nadie va a la cárcel por cantar o por opinar, se va por cometer delitos».

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