El secretario general del PSOE de Andalucía, Juan Espadas, ha anunciado este lunes que 50 senadores de su partido, entre los cuales se ha incluido, firmarán este martes un recurso de amparo para su registro en el Tribunal Constitucional contra el último decreto de simplificación administrativa que aprobó el Gobierno andaluz, el 3/2024, que recibió luz verde del Parlamento el 6 de febrero.
En una comparecencia informativa en Córdoba en el marco de un encuentro con la Comisión Ejecutiva Provincial, Espadas ha manejado argumentos para este iniciativa jurídica como la existencia de «claros visos de inconstitucionalidad» de la norma, por lo que ha inferido que se trata de «un recurso de amparo justificado», del que ha asegurado que «está firmado por un catedrático de Derecho Constitucional que es referente en esta materia», sin aludir a quién se refería.
Tras recordar que se trataba de un decreto-ley que originariamente modificaba 176 normas del ordenamiento jurídico autonómico, ha apelado al hecho de que en esta misma jornada el Gobierno andaluz ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la segunda corrección de errores de este decreto-ley en el plazo de 15 días.
El líder de los socialistas andaluces ha concluido tras estos dos episodios que se trata de «una tomadura de pelo», antes de presentar a los medios la conclusión de que el Gobierno que preside Juanma Moreno «ha aprobado por decreto-ley en los dos últimos dos años y medio el 72% de las normas» que ha remitido al Parlamento, dato del que ha colegido que supone «no tener en cuenta la función legislativa que tiene el Parlamento», así como que se trata de «un abuso del derecho».
Espadas ha concluido apuntando «la soberbia de Moreno Bonilla para tomar decisiones de manera absolutista y al margen de la participación de cualquier otro».
El Gobierno andaluz ha publicado este lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la segunda corrección de errores que hace del Decreto 3/2024, de 6 de febrero, su último decreto de simplificación administrativa, y que acomete en el plazo de quince días de diferencia entre una y otra.
En este caso se circunscribe, además de una precisión de un importe de 7 euros de la tasa y precio público del análisis de fibra de algodón y algodón bruto, a la revisión del grado de dependencia.
Así, si antes se apuntaba como posibilidad para revisar ese reconocimiento la solicitud por «empeoramiento de la situación de dependencia y haya transcurrido menos de un año desde que se haya dictado la anterior resolución por la que se reconozca el grado de dependencia, salvo que se acredite el empeoramiento, mediante el informe del profesional médico y/o de enfermería sobre condiciones de salud del sistema sanitario público o del sistema de protección sanitaria que corresponda y que acompaña a la solicitud de revisión, según el modelo normalizado que figura en el Anexo VII», ahora ese punto se sustituye por otro más sintético, donde se establece que la revisión será posible en el supuesto de «error de diagnóstico o en la aplicación del correspondiente instrumento de valoración».
También revisa el supuesto para inadmitir la revisión de la dependencia, que sigue siendo para el empeoramiento de personas que tengan acreditado un grado III, de gran dependencia, mientras que ahora precisa, sobre la anterior versión, la posibilidad de que el informe lo rubrique o bien el profesional médico o bien de enfermería.
La anterior corrección de errores, publicada en el BOJA de 22 de abril, fue de mayor enjundia que ésta de este lunes, que es de dos páginas, por cuanto aquella entrañó una corrección de 20 páginas y fue objeto de la protesta de los grupos parlamentarios en la Junta de Portavoces celebrada el miércoles 24 de abril, órgano donde reclamaron la elaboración de un informe sobre el alcance de esos cambios.