La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha absuelto al hombre, de 61 años, que fue juzgado tras ser acusado de violar y maltratar a su propia hija cuando la menor contaba entre 14 y 15 años.
El tribunal considera en su sentencia, a la que ha accedido Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que «no han quedado acreditados los hechos objeto de denuncia».
El Ministerio Fiscal le reclamaba 13 años de prisión como presunto autor de los delitos de abusos sexuales continuados con penetración y maltrato habitual. Los hechos, según mantenía la Fiscalía, habrían sucedido durante los veranos de 2020 y 2021 cuando la menor se encontraba en el domicilio familiar y el padre accedió entre «siete u ocho ocasiones» a la habitación de la menor donde la violó y la sometió a diversas prácticas sexuales.
Sin embargo, sobre el delito de agresión sexual, el tribunal concluye que el testimonio de la víctima no reúne «la aptitud suficiente» para «destruir la presunción de inocencia del acusado».
En lo que respecta a los malos tratos, recoge la sentencia que «es cierto» que el acusado fue condenado en sentencia por un episodio de violencia de género hacia su esposa, imponiéndole la pena de 30 días de trabajos en beneficio de la Comunidad, pero «dicha sentencia no puede extrapolarse a la apreciación de una situación de maltrato permanente hacia la hija menor».
Por todo ello, la sentencia concluye que ante la «orfandad probatoria la única solución es la absolución del acusado por aplicación del principio de presunción de inocencia».
Durante la vista celebrada el pasado 15 de febrero, el padre negó los hechos y mantuvo que la propia menor, que residía en un centro de protección de menores, lo denunció en 2022 y lo hizo por «rencor». Para el padre, el origen de la denuncia de abusos sexuales se remontaba a 2019 cuando como padres sorprendieron a la niña grabándose y enviando vídeos de orden sexual a su novio.
Desde entonces, según dijo el padre, la menor se la tenía guardada y por eso lo denunció por los hechos que hoy se han enjuiciado en la Audiencia de Jaén.
Por su parte, la madre de la menor, que en 2020 no residía con el acusado por estar en vigor una orden de alejamiento por una denuncia por violencia de género, también declaró que su hija actuó por «rencor» después de que la descubrieran grabando un vídeo y le intervinieran el teléfono móvil. Asimismo, la madre rechazó que su marido pegara o maltratara a su hija.
La menor, a la que le falta un mes para alcanzar la mayoría de edad, declaró en el juicio por videoconferencia. Su estado de ansiedad llevó al tribunal a tener que hacer un receso durante la vista, pero en su declaración se ratificó en todos los extremos y mantuvo la denuncia contra su padre.
La sentencia no es firme y se puede recurrir en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).