El periodo habilitado para el uso del fuego en quemas agrícolas y forestales concluye este domingo, 31 de marzo. A partir del 1 de abril solo se permitirán las quemas de restos de olivo que, con fines exclusivamente fitosanitarios, hasta el 31 de mayo, mediante comunicación previa a través del modelo que se encuentra en el Anexo IV de la citada Orden sobre prevención y lucha contra los incendios forestales.
La Dirección General de Gestión Forestal recuerda que la citada Orden establece que la época de peligro de incendios forestales es el período comprendido entre el 1 de abril y el 15 de octubre, ambos incluidos, lo que implica que el plazo general para la realización de quemas agrícolas en Aragón concluirá el 31 de marzo.
Salvo lo indicado respecto a las quemas fitosanitarias de restos de poda del olivo, desde este domingo se prohíbe la realización de todo tipo de quemas en el entorno forestal. Únicamente, de forma excepcional y por causa justificada, pueden autorizarse otro tipo de quemas previa solicitud a través de los Anexos III o IV de la Orden, según el caso.
índice de riesgo
En todo caso, incluso fuera de la época de peligro de incendios forestales, se prohíbe el uso del fuego cuando el Índice de Riesgo por uso del fuego en Aragón (IRUF) no sea favorable. Cuando esto sucede la comarca aparece en color rojo en el mapa de la publicación del Índice.
También se prohíbe, en todo caso, hacer fuego incumpliendo las condiciones de seguridad, por ejemplo, las condiciones de viento, indicadas en la Orden.
El IRUF, elaborado por la Dirección General de Gestión Forestal, puede consultarse en la página web 'https://www.aragon.es/-/indice-de-riesgo-por-uso-del-fuego''. También puede recibirse a diario por correo electrónico, a través de suscripción gratuita en el mismo enlace, y mediante consulta diaria en el tablón de anuncios de las Oficinas Comarcales Agroambientales.