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Aplazado el juicio a Jové, Salvadó y Garriga para que no coincida con la campaña electoral

El TSJC rechaza anularlo por la ley de amnistía porque aún no está aprobada

Archivo - El diputado de ERC y exsecretario general de Vicepresidencia y Economía, Josep Maria Jové (i), y el también diputado y exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó (d), a su llegada para declarar ante el TSJC, a 11 de marzo de 2020. | David Zorrakino - Europa Press - Archivo

| Barcelona |

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha decidido aplazar el juicio a la consellera de Cultura, Natàlia Garriga; el líder de ERC en el Parlament y exsecretario general de Vicepresidencia de la Generalitat, Josep Maria Jové, y el exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó, por presunta desobediencia en los preparativos del 1-O para evitar que coincida con la campaña electoral catalana para el 12M.

El juicio estaba previsto para el 10 de abril y hasta el 29 de mayo, por lo que se habría solapado con la campaña electoral y las elecciones al Parlament, y en un auto consultado por Europa Press este jueves el tribunal ordena reprogramar la vista y fijar nuevo día y hora para su inicio.

Las tres defensas y las tres acusaciones (Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox) que forman parte de la causa han estado de acuerdo en la conveniencia de evitar que el juicio coincida con la campaña electoral.

Además, las defensas de Salvadó y Garriga pidieron suspender el juicio ante la tramitación de la ley de amnistía, una petición que Jové suscribió y a la que se opusieron las acusaciones públicas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado y la acusación popular de Vox.

El TSJC lo ha descartado porque considera que la tramitación de la ley de amnistía «no puede ser tenida, hoy por hoy, como un hecho cierto con capacidad para interferir o alterar el curso del juicio oral ya convocado», algo que en cambio sí cree que ocurriría si estuviera aprobada y publicada.

Antes de la convocatoria electoral, Jové pidió cambiar la fecha del juicio porque cuatro jornadas coincidían con plenos del Parlament, donde es diputado, pero el tribunal lo rechazó y le recordó que el reglamento de la Cámara prevé que los diputados puedan delegar el voto en casos justificados.

"evitar interferencias"

En cambio, la convocatoria electoral en Catalunya sí «es un hecho cierto y constatable», y el tribunal también tiene en cuenta que Jové y Garriga pertenecen a ERC, que se presentará a las elecciones, y en el juicio también intervendrá Vox como acusación, que también concurre a los comicios.

El tribunal ve necesario «evitar interferencias recíprocas entre el proceso electoral democrático y el necesario sosiego que debe presidir la celebración del juicio oral», como comparten todas las partes implicadas.

DESOBEDIENCIA, PREVARICACIÓN Y MALVERSACIÓN

En esta causa, Garriga se enfrenta a la petición de Fiscalía de un año de inhabilitación por presunta desobediencia, mientras que el fiscal reclama siete años de prisión para Jové y seis años y tres meses para Salvadó.

A ellos dos, el fiscal les atribuye los presuntos delitos de desobediencia --igual que a la consellera-- además de presunta prevaricación y malversación agravada.

El fiscal también reclama inhabilitar a Jové 32 años y a Salvadó 27 años y tres meses, y multarlos con 30.000 y 24.000 euros respectivamente, mientras que pide una multa de 18.000 euros para Garriga, que entonces era directora de servicios de la Conselleria que encabezaba Oriol Junqueras.

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