La comunidad de propietarios del edificio incendiado en el barrio de Campanar, ubicado en el número 2 de la calle Poeta Rafael Alberti, han interpuesto una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia por un presunto delito de daños por imprudencia grave respecto a las posibles negligencias de los agentes de la edificación del inmueble, que fue arrasado por las llamas el pasado 22 de febrero dejando diez víctimas mortales y a centenares de personas sin vivienda.
Además, se ha personado como parte perjudicada, en calidad de acusación particular, y piden al juzgado la reapertura de las diligencias previas, que archivó provisionalmente en su día al no tener el incendio un origen delictivo, según el informe de la Policía Científica.
Según ha informado la comunidad de propietarios en un comunicado, los dueños de los pisos afectados, a través de su presidente Francisco Fernández, y bajo la dirección legal del letrado Guillermo Aragó Hervás, de la firma valenciana Togas&Tributos Abogados, ha presentado una denuncia al considerar que los agentes de la edificación pudieron cometieron negligencias «que pudieron ser claves en la propagación y consecuencias del incendio».
«Hay que depurar responsabilidades por el devastador incendio que destruyó, prácticamente, el edificio en su totalidad, y habiéndose producido víctimas mortales», han señalado los propietarios, que también se refieren a los «cuantiosos daños que se han producido en el inmueble».
En la denuncia se especifica que «no solo habrá que averiguar cómo se produjo el incendio, sino que también habrá que investigar las causas por las cuales el incendio se propagó con tanta rapidez y provocó la destrucción de prácticamente todo el edificio».
Papel de la fachada en la propagación
Los vecinos consideran que «no es cuestionable el hecho de que el fuego se propagó rápidamente desde el exterior del edificio hacia el interior y que en pocos minutos asoló el edificio». «Al parecer, la fachada coadyuvó a dicha propagación y ese hecho no es nada normal», aseguran en la denuncia.
El letrado que representa a la comunidad considera que en esta clase de delitos «la prescripción sobre la posible responsabilidad de los agentes de la edificación no se inicia hasta que se produce el efectivo perjuicio».
Por ello, en la denuncia presentada se solicita la investigación y comprobación de si el edificio se construyó incumpliendo lo dispuesto en el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, por el que se aprueban las condiciones de protección contra incendios de los edificios, si hubo una posible negligencia o imprudencia cometida por la instalación del revestimiento de la fachada por parte de los agentes de la edificación que intervinieron en la construcción del inmueble, o también si podría ser responsable por negligencia el fabricante de las placas que revestían el exterior de la fachada.
Se requiere «investigar si alguno de los agentes de la edificación que intervinieron en la construcción del edificio pudieran ser responsables por negligencia o imprudencia respecto al hecho de que el incendio se propagara tan rápidamente y haya ocasionado más daños de los que, quizá, se hubieran ocasionado sin la comisión de esa imprudencia».
Además, en la denuncia se insta al Juzgado a que «Se libre oficio al Ayuntamiento de València al objeto de que remitan todo el expediente que dio lugar al otorgamiento de la licencia de obras mayores para la construcción del edificio» al objeto de conocer cuáles fueron los agentes de la edificación, qué normas constructivas se aplicaron y qué materiales se emplearon en la construcción.