El concejal del grupo municipal de VOX en el Ayuntamiento de Zaragoza, Armando Martínez, se ha abstenido en la votación de la
modificación parcial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU)
214 que acota la instalación de energías limpias en la huerta zaragozana y ha avanzado que votará en contra en el pleno «si no se elimina la posibilidad de dar carta blanca a los proyectos presentados con anterioridad a esta modificación».
Armando Martínez ha argumentado la abstención en la votación de la Comisión de Urbanismo de dicha modificación parcial del PGOU porque consideran que, si finalmente no lo hacían, podían «dar pie a que continuasen adelante con la concesión de licencias de todo aquel que la hubiese solicitado a la fecha».
Esta abstención es para recordarle al Gobierno de la ciudad que votarán en contra, cuando se lleve la aprobación definitiva al Pleno, si no eliminan el último párrafo del artículo 8.3.1 de la modificación, donde lo que se pretende es dar carta blanca a todo aquel que hubiese presentado el proyecto con anterioridad a esta modificación.
«De mantenerse la actual redacción, daría lugar exactamente a lo mismo que pretendíamos eliminar, o acotar, en el día de hoy, es decir, que cualquiera que hubiese presentado un proyecto pudiese acceder a la instalación e esas fotovoltaicas».
Evitar males mayores
Según ha afirmado Armando Martínez, "es importante señalar que no
alcanzamos a entender, desde el grupo municipal de VOX, cómo es posible que se hayan obtenido informes favorables desde Medio Ambiente del Ayuntamiento de Zaragoza, siendo que estas instalaciones afectan directamente a suelos no urbanizables especiales".
La normativa aragonesa «no permite» la instalación de ningún tipo de infraestructura en este tipo de suelos, en cambio, "ha contado con
informes favorables del Ayuntamiento de Zaragoza", ha comparado.
De no seguir adelante el proyecto, ha alertado de que podría dar lugar a cuantiosas indemnizaciones por parte del Ayuntamiento pero, también es cierto que si la Fiscalía entrase a valorar la concesión de esas licencias, «podría darse la situación de que se exigiese restaurar el estado de las cosas al momento inmediatamente anterior de la obtención de las licencias, y con ello las responsabilidades en las que hubiese podido incurrir el Ayuntamiento», ha advertido.
Por tanto la situación es «bien complicada» y VOX ha considerado que, «de forma responsable», lo que debían hacer era abstenernos en esta votación, «condicionado, por supuesto, a la eliminación de ese último párrafo que da carta blanca a los que hubieses presentado un proyecto a la fecha».
último párrafo del artículo 8.3.1
El párrafo al que se refiere reza: «Para aplicar el párrafo anterior, se considerarán instalaciones debidamente autorizadas las que cuenten con título municipal habilitante. Si en el momento de la publicación del acuerdo de aprobación inicial de la modificación 214 contaran con resolución favorable del procedimiento de evaluación ambiental exigible según su magnitud y con autorización del órgano autonómico o estatal competente en materia de energía, pero con el título habilitante municipal, podrá otorgarse esto siempre que satisfagan las condiciones impuestas por el planeamiento urbanístico vigente en la fecha en que obtuvieron la autorización autonómica o estatal».
Y se añade: «se aplicará el mismo régimen a los expedientes que en el momento de la publicación del acuerdo de aprobación inicial de la modificación 214 se hubieran iniciado ante la administración autonómica o, en su caso, estatal, mediante presentación de la documentación del proyecto y el estudio de impacto ambiental requerida por el artículo 26 de la Ley 11/2014, de prevención y protección ambiental de Aragón, o legislación estatal equivalente».