El Juzgado de lo Penal número 4 de Almería ha condenado a un año de prisión al profesor británico C.T. por un delito contra la intimidad en base al vídeo que filmó en octubre de 2016 cuando mantenía relaciones sexuales con una alumna, el cual sirvió de prueba en el juicio que tuvo lugar en la Audiencia Provincial de Almería para condenarlo a once años y seis meses de prisión; una pena que posteriormente se vio rebajada en tres meses con la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como la ley del 'solo sí es sí'.
Con esta última condena, C.T. acumula ya 15 años de prisión a partir de cuatro fallos judiciales por los abusos hacia la menor, con la que estableció una aparente relación para aprovecharse sexualmente de ella, así como a una prima de esta, a la que también sometió a tocamientos en otra ocasión.
Este último fallo, consultado por Europa Press y dictado en firme ante la conformidad de las partes, impone también al acusado una multa de 1.080 euros y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros durante dos años a la víctima, a la que deberán indemnizar con 6.000 euros, toda vez que suspende la ejecución de pena privativa de libertad con la condición de que no vuelva a delinquir en dos años.
La sentencia recoge los hechos que quedaron ya patentes en base a las pruebas practicadas en el juicio de la Audiencia de Almería, donde se desveló que el hombre había grabado a su alumna sin su conocimiento y sin su autorización mientras realizaban prácticas sexuales, lo que le permitió a la postre obtener vídeos y fotografías.
Fue la propia víctima la que aportó las grabaciones a la causa principal después de descubrirlas, ya que el acusado las subió a una cuenta de la que ambos compartían claves de acceso. Precisamente este vídeo fue una de las pruebas cuya validez constató el Alto Tribunal para condenar a C.T. por los abusos sexuales a los que sometió a la menor con la que entabló una relación «fingídamente amistosa, dándole un trato preferente y logrando que el vínculo con ella se volviera poco a poco más personal e íntimo».
El hombre, que antes de este último juicio ingresó 1.000 euros en concepto de reparación de daños a favor de la víctima, está condenado además a otros a dos años de cárcel tras reconocer ante un tribunal de la Audiencia Provincial de Almería que también abusó sexualmente de una prima de su primera víctima, a la que conoció en el verano de 2016 e invitó a su casa de Roquetas de Mar para ofrecerle «diversas bebidas alcohólicas» antes de someterla a tocamientos. Dicha condena no ha sufrido modificaciones por la ley del 'solo sí es sí'.
La persecución que realizó sobre la principal perjudicada, quien se desplazó hasta Alemania para evitar el contacto con el hombre, le costó otra condena de un año de cárcel y 60 días de trabajos en beneficios de la comunidad por quebrantamiento de medidas de alejamiento.
El caso también guarda relación con un procedimiento más, en este caso dirigido contra la madre del condenado, P.H., acusada de un delito de obstrucción a la justicia al haber intentado presuntamente influir sobre la menor para que exculpara a su hijo durante la instrucción de la causa principal. La Fiscalía pide por ello una pena de un año y tres meses de prisión.