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Condenado a cuatro años y medio en Almería por hacer cortes con un cuchillo en cabeza y manos a su ex pareja

Archivo - Audiencia Provincial de Almería | Europa Press - EUROPA PRESS - Archivo

| Almería |

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a cuatro años, seis meses y un día de prisión a un hombre que acuchilló en la cara y en las manos repetidas veces a su ex compañera sentimental, a la que fue a buscar a su casa.

El procesado, de 43 años, reconoció en el acto de juicio la agresión y mostró su conformidad con la pena interesada por el fiscal, a la que se adhirió la acusación particular, como autor de delito de lesiones con la agravante mixta de parentesco.

Según recoge la sentencia, consultada por Europa Press, el hombre llamó por teléfono en febrero de 2018 a su expareja y le pidió que bajara a la puerta de su domicilio para hablar con ella.

Cuando bajó, le pidió mantener relaciones sexuales, a lo que la víctima se negó y, entonces, la «cogió fuertemente del hombro» y se la llevó «detrás del edificio donde ella vivía, tratando en todo momento de convencerla para que tuviera sexo con él».

El procesado, ante la negativa de su expareja, le quitó el teléfono móvil y sacó un cuchillo del bolsillo de pantalón con el que comenzó a agredirla. Ella consiguió «taparse la cabeza» con las manos, pero sufrió numerosos cortes en ellas y en las orejas hasta caer al suelo, momento en que él abandonó «rápidamente el lugar».

La mujer precisó asistencia médica con vendaje oclusivo en ambas manos y cabeza, la colocación de una férula de aluminio, y sutura en los muchos cortes, además de tener que ser intervenida quirúrgicamente por un tendón de la mano. En total, según consta en el fallo, le tuvieron que dar 50 puntos, tardó en curar de sus heridas 53 días y le han quedado secuelas de la agresión como un perjuicio estético moderado por cicatrices en el rostro y déficit de movilidad en los dedos.

Al margen de la pena privativa de libertad, el tribunal de la Sección Tercera le prohíbe comunicarse o acercarse a la víctima por periodo ocho años a menos de 500 metros y le obliga a indemnizarla con 10.180 euros por las lesiones y por el daño moral ocasionado.

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