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Andalucía valorará para aprobar nuevos grados que la mitad se imparta en inglés y que el profesorado tenga un C1

Estudiantes en la Pablo de Olavide, en Sevilla. | María José López - Europa Press

| Sevilla |

La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía ha remitido a los Rectorados de las universidades andaluzas el borrador definitivo, con fecha del pasado 16 de junio, del Decreto de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales tras el dictamen del Consejo Consultivo y en él --que será elevado al Consejo de Gobierno de este martes para su aprobación-- se recoge como un criterio a valorar que las nuevas titulaciones tengan «un marcado componente de internacionalización».

Sobre esto, se «valorarán» aquellos títulos en los que «al menos, un 50% de los créditos» que cursen los estudiantes sean impartidos en una segunda lengua y que el porcentaje de profesorado que imparta docencia lo haga en otro idioma «debiendo acreditar conocimiento de éste, preferentemente en un nivel C1 del estándar internacional».

El Decreto, consultado por Europa Press, especifica que se «pretende poner especial atención a las enseñanzas conjuntas internacionales», impulsando la internacionalización de la formación para «dotar al estudiantado de competencias lingüísticas, culturales y formativas» que le permitan enfrentarse con «mayor garantía de éxito» a los «retos de una sociedad globalizada».

La Junta subraya en la propuesta de ordenación académica su «compromiso con el impulso de la empleabilidad» de las enseñanzas universitarias por lo que «facilitará la puesta en común con las universidades para alcanzar un marco de apoyo a las herramientas de inserción idóneas para la mejora de la empleabilidad del estudiantado universitario y su incorporación adecuada al tejido productivo».

Sobre este asunto, la Administración valorará en la implantación de nuevos títulos que se aporten «datos prospectivos que justifiquen la inserción» en el sistema productivo, como la inserción laboral de títulos afines, estadísticas de demanda de titulados o el tiempo medio para encontrar el primer empleo de títulos afines.

En relación con el «reto de la formación dual universitaria, se deberán diseñar las actuaciones y el protocolo para el reconocimiento de las titulaciones con mención dual como un elemento referencial». Un título de grado con mención dual abre la posibilidad de que el estudiante «compatibilice su proceso formativo con una actividad retribuida en una empresa o institución mediante el contrato laboral de formación en alternancia, de acuerdo con la normativa laboral que le resulte de aplicadión, siempre que se garantice la adecuación entre el puesto de trabajo a desarrollar y la formación propia del grado».

Para que una nueva titulación se implante, la Universidad deberá «demostrar siquiera estimativamente que la enseñanza propuesta tendrá un número de estudiantes de nuevo ingreso en torno a 60». Quedarían «exentas», no obstante, «aquellas titulaciones, debidamente fundamentadas por la Universidad, que acrediten la viabilidad del número de estudiantes o bien que presenten un claro interés estratégico para el sistema en relación con el entorno profesional relevante para la titulación».

En el caso de los másteres se deberá demostrar igualmente que tendrán un número de estudiantes de nuevo ingreso de en torno a 30 «sin que pueda tener un número inferior a 20». Los nuevos títulos en cualquier caso «no podrán coincidir con objetivos y contenidos de otros títulos oficiales existentes en la misma Universidad». Asimismo, «se hará una valoración de la zona de influencia del título con respecto al mapa de titulaciones existentes», se aclara en el Decreto.

La Consejería que dirige José Carlos Gómez Villamandos señala que «la razón de interés general que justifica la aprobación de este Decreto se fundamenta en el fortalecimiento de la calidad y excelencia de las enseñanzas universitarias de los títulos oficiales de las Universidades que conforman el sistema universitario andaluz, justificándose su tramitación en virtud de los distintos mandatos legales establecidos no sólo por la normativa andaluza, sino también por la estatal».

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