En España, una maniobra cotidiana como incorporarse a la carretera tras estacionar puede tener consecuencias mucho más graves de lo que muchos creen. Cruzar una línea continua al entrar en circulación desde un aparcamiento es considerado una infracción grave por la normativa de tráfico, lo que puede conllevar sanciones económicas de hasta 200 euros y la retirada de 3 puntos en el carnet de conducir. Este detalle, a menudo ignorado por gran parte de los conductores, se ha convertido en un motivo recurrente de multas y sanciones.
El alcance legal de invadir la línea
Pese a que a simple vista pueda parecer una acción sin importancia, invadir una marca vial continua está expresamente prohibido en el Reglamento General de Circulación. Según las reglas que rigen el tráfico en España, estas líneas blancas indican que se prohíbe atravesarlas o desplazarse sobre ellas.
El desconocimiento no exime de responsabilidad. Así lo recuerda la normativa: incluso aunque no circulen vehículos en sentido contrario ni haya otros coches en las inmediaciones, los conductores deben respetar todas las señales y marcas viales. Ignorar esta norma básica puede traducirse en una sanción inmediata, si un agente de la autoridad lo detecta o si es captado por alguna cámara de tráfico.
Sanciones y puntos por cruzar una línea continua
La gravedad de esta infracción radica en el doble castigo que supone. Por un lado, se impone una multa económica de 200 euros, una cantidad nada despreciable para la mayoría de hogares españoles. Pero tal vez el aspecto más preocupante para los conductores es la pérdida de 3 puntos en el carnet, un recurso que puede ser determinante en caso de reincidencia o acumulación de otras infracciones.
En situaciones más graves, por ejemplo si se realiza un adelantamiento indebido en una vía marcada con línea continua, la sanción puede alcanzar los 400 euros y el conductor puede perder hasta 4 puntos. La normativa no deja lugar a interpretaciones flexibles salvo contadas excepciones.
La ley contempla algunas situaciones en las que es posible rebasar una línea continua, como el adelantamiento a ciclistas, peatones o vehículos de tracción animal, así como para evitar obstáculos imprevistos en la carretera. No obstante, estas excepciones no aplican cuando se trata de incorporarse desde un aparcamiento; en ese contexto, la obligación de respetar las marcas viales es absoluta.
Metan miedo a la ciudadanía, señores.