Cuidado con la pantalla del coche: esto te puede caer si la usas mientras conduces, según la DGT

A estas multas también se le añade el uso de navegadores, radios y sistemas digitales del salpicadero

Coche

No solo puede implicar sanciones económicas, sino que también puede conllevar pérdida de puntos | Foto: Freepik

| Palma |

El uso de pantallas táctiles, móviles y otros dispositivos electrónicos dentro del coche se ha convertido en una práctica cotidiana para muchos conductores en España. Sin embargo, lo que muchos desconocen es que manipular estos sistemas mientras se circula puede suponer sanciones económicas y la pérdida de puntos del carnet de conducir. La legislación nacional se ha puesto seria con las distracciones al volante, estableciendo multas de hasta 200 euros y la retirada de 3 puntos si se incumple la normativa. Esta medida busca frenar el alto índice de incidentes de tráfico provocados por la falta de atención en la carretera.

El impacto de las distracciones

Cada año, en España se producen aproximadamente 8.000 accidentes con víctimas mortales causados por el uso indebido del teléfono móvil al conducir, según informes oficiales. La distracción al volante es, de hecho, el principal factor detrás de muchos de los siniestros viales, superando incluso a la velocidad o el consumo de alcohol. Estas cifras muestran la gravedad de un problema que no solo involucra móviles, sino también la manipulación de otros dispositivos electrónicos como pantallas de a bordo, radios y navegadores GPS.

La introducción de avanzados sistemas digitales en los vehículos ha modernizado la forma de conducir, pero también ha traído nuevos riesgos. Las autoridades, conscientes de esta realidad, han reforzado tanto la vigilancia como las sanciones con el objetivo de reducir la siniestralidad en carretera.

¿Qué dispositivos electrónicos están prohibidos mientras conduces?

La normativa de tráfico en España es clara: no está permitido manipular manualmente dispositivos electrónicos mientras se está al volante. Dentro de esta prohibición se incluyen:

  • Teléfonos móviles tanto en la mano como en un soporte
  • Pantallas táctiles del automóvil (salvo excepcionalmente con mandos en el volante o por voz)
  • Navegadores GPS no integrados o sujetos al salpicadero
  • Tabletas y dispositivos similares
  • Radios tradicionales si requieren interacción manual durante la conducción

La única excepción que contempla la ley es el uso de asistentes de voz o mandos integrados en el volante, siempre que su utilización no implique apartar la vista ni las manos del volante. Incluso cuando el vehículo está parado en un semáforo o debido a un atasco, no se permite manipular la pantalla, ya que la ley considera que ese tiempo forma parte activa de la conducción. Solamente está permitida la manipulación cuando el vehículo está completamente estacionado y fuera de la vía.

Sanciones económicas y pérdida de puntos

El catálogo de multas por este tipo de infracciones es contundente. Ser sorprendido utilizando manualmente cualquier pantalla o dispositivo durante la marcha conlleva una sanción de 200 euros y la pérdida de 3 puntos en el carnet de conducir, catalogándose como infracción grave según el artículo 76 del Reglamento General de Circulación. Este endurecimiento normativo busca crear conciencia social sobre el peligro real de las distracciones tecnológicas.

Esta misma penalización se aplica independientemente de si el conductor está usando un navegador, manipulando el sistema multimedia o consultando información en una tableta. Lo relevante es la acción de apartar la atención de la carretera, lo cual puede tener graves consecuencias tanto legales como para la seguridad propia y ajena.

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