Hacienda avisa: multas del 150 % de la cantidad por las transferencias entre familiares que superen este límite

La Agencia Tributaria refuerza la vigilancia sobre movimientos bancarios y establece sanciones por superar los umbrales permitidos sin justificación

Transferencia

Si lo requiere Hacienda, es necesario dar una justificación para que no caiga una multa | Foto: Freepik

| Palma |

La Agencia Tributaria española ha intensificado sus mecanismos de control sobre las transferencias bancarias entre familiares, estableciendo límites específicos cuyo incumplimiento puede acarrear importantes sanciones económicas. El umbral crítico se sitúa en los 3.000 euros, cantidad a partir de la cual las entidades bancarias están obligadas a informar al fisco sobre estos movimientos.

Esta medida se enmarca en la estrategia general de lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales en España. Las transferencias entre padres e hijos están especialmente bajo la lupa del organismo tributario, que busca garantizar la correcta tributación de donaciones y otros movimientos patrimoniales entre familiares.

Límites y obligaciones establecidos

Cualquier transferencia superior a 3.000 euros deberá poder justificarse adecuadamente ante un eventual requerimiento de Hacienda. La situación se vuelve más delicada cuando el importe supera los 6.000 euros, pues en estos casos la Agencia Tributaria puede iniciar directamente un expediente de investigación.

El régimen sancionador contempla multas que pueden oscilar entre el 50% y el 150% del importe no justificado. En casos extremos, cuando existan indicios de blanqueo de capitales, las sanciones pueden alcanzar los 150.000 euros, independientemente de la cuantía transferida.

Procedimiento de control y verificación

La Agencia Tributaria dispone de sistemas automatizados para detectar movimientos sospechosos. Cuando identifica una operación irregular, puede iniciar comunicaciones con el contribuyente a través de diferentes canales: notificaciones electrónicas, llamadas telefónicas o cartas certificadas. Las entidades bancarias están obligadas a colaborar proporcionando toda la información requerida por el fisco.

Para evitar inconvenientes, es aconsejable: documentar adecuadamente el origen y destino de los fondos, conservar justificantes de las transferencias, consultar previamente con asesores fiscales para operaciones importantes, y mantenerse informado sobre las actualizaciones normativas en materia de transferencias bancarias.

5 comentarios

John Pons John Pons | Hace 19 días

Hasta la última gota de nuestra sangre quiere la Chusa.

user El otro | Hace 19 días

Para eso sí que tienen medios para investigar y no para el el turismo vacacional ilegal . Sociedad corrupta !!!!

El Lado Oscuro El Lado Oscuro | Hace 19 días

Metálico...mucho metálico. Que luego viene un apagón y te quedas sin dinero...

Miris on miris, tot són guiris Miris on miris, tot són guiris | Hace 19 días

Les grans empreses no paguen impostos, els narcos venen lo que volen... ara bé, si ets un currele, alerta que el sistema està dissenyat per perseguir-te. Per colmo, el 15% del recaptat a les illes mai torna

user Tom | Hace 19 días

Control, control…

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