Encontrar sitio para aparcar en el centro de las grandes ciudades españolas se ha convertido en una auténtica odisea tanto para visitantes como para residentes, incluso para aquellos que disponen de permisos anuales en zonas de estacionamiento regulado. Esta situación ha provocado que muchos conductores recurran a estrategias poco éticas para asegurarse una plaza, como colocar a una persona bloqueando el espacio, utilizar objetos como barreras o estacionar temporalmente ocupando dos plazas mientras llega otro vehículo.
Estas tácticas, además de generar conflictos entre conductores, plantean importantes cuestiones sobre su legalidad. Aunque no existe una prohibición específica sobre «guardar aparcamiento», el marco normativo español contempla diversas regulaciones que pueden aplicarse a estas situaciones y derivar en sanciones económicas significativas.
El Reglamento General de Circulación establece en su artículo 122.6 que «cuando exista refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún peatón debe permanecer detenido en la calzada ni en el arcén, aunque sea en espera de un vehículo, y para subir a este, solo podrá invadir aquella cuando ya esté a su altura». Esta normativa implica claramente que colocar a una persona en la calzada para reservar estacionamiento constituye una infracción que puede acarrear multas de hasta 80 euros.
Prácticas habituales para reservar aparcamiento y sus consecuencias legales
Una de las estrategias más extendidas consiste en utilizar objetos personales o incluso mobiliario urbano para indicar que un espacio está «reservado». Desde sillas y cajas hasta conos de señalización o contenedores de basura desplazados de su ubicación original, estas prácticas no solo reflejan poca solidaridad ciudadana sino que pueden constituir infracciones administrativas.
Las autoridades municipales tienen competencia para sancionar estas conductas como alteración del uso del espacio público o incluso como obstaculización de la vía. En muchas ordenanzas locales, la colocación de objetos en la calzada está expresamente prohibida y puede conllevar multas que, según el municipio, oscilan entre los 80 y 200 euros.
También resulta frecuente la práctica de aparcar temporalmente ocupando dos plazas mientras llega otro vehículo con el que se viaja. Esta conducta constituye una infracción clara por estacionamiento indebido, pudiendo alcanzar sanciones de hasta 200 euros. Además, existe el riesgo añadido de que el vehículo sea retirado por la grúa municipal, lo que supondría costes adicionales para recuperarlo del depósito.
Ante la dificultad creciente para encontrar estacionamiento en los núcleos urbanos, las administraciones han implementado diversas soluciones que ofrecen alternativas legales a los conductores:
Los aparcamientos disuasorios en las periferias conectados con transporte público constituyen una opción cada vez más extendida en grandes ciudades. Estos espacios permiten dejar el vehículo a precios reducidos o incluso gratuitos, facilitando después el acceso al centro mediante metro, autobús o cercanías.
Por otro lado, las aplicaciones móviles de gestión de aparcamiento han revolucionado la forma de encontrar plazas disponibles. Estas herramientas tecnológicas muestran en tiempo real dónde hay espacios libres, tanto en parkings públicos como en zonas reguladas, e incluso permiten reservar y pagar anticipadamente en algunos casos. Para residentes, muchos ayuntamientos ofrecen permisos especiales que facilitan el estacionamiento en determinadas zonas, aunque esto no garantiza encontrar plaza disponible en momentos de alta ocupación.
El debate sobre la legitimidad de guardar plazas trasciende lo meramente legal y se adentra en cuestiones de civismo y convivencia. Mientras algunos ciudadanos consideran estas prácticas como una solución pragmática ante la escasez de plazas, otros las perciben como conductas insolidarias que privilegian a unos usuarios sobre otros en el uso de un espacio público que, por definición, debería ser accesible en igualdad de condiciones para todos.
Los expertos en movilidad urbana señalan que estas dinámicas son síntoma de un problema más profundo: la dependencia excesiva del vehículo privado y la falta de alternativas eficientes de transporte público en muchas ciudades españolas. Según datos del Observatorio de la Movilidad Metropolitana, un vehículo particular permanece estacionado el 95% de su vida útil, ocupando espacio público que podría destinarse a otros usos.
¿Qué criterios utilizan los agentes para sancionar estas prácticas?
Como ocurre con otras conductas cuya interpretación normativa no es completamente explícita (como conducir sin camiseta o con calzado inadecuado), el criterio del agente resulta determinante. Los factores que suelen considerar las autoridades incluyen:
- El grado de obstrucción que genera la reserva de espacio para otros usuarios de la vía.
- La posible generación de situaciones de riesgo o conflicto entre conductores.
- La utilización indebida de elementos de mobiliario urbano o señalización.
En contextos de alta congestión, la valoración suele ser más estricta por el impacto negativo que estas prácticas tienen en la fluidez del tráfico y en la convivencia ciudadana. La tendencia jurisprudencial ha sido considerar que el espacio público no puede ser objeto de «apropiación temporal» por parte de particulares, reforzando así la idea de que guardar aparcamiento, aunque no esté expresamente prohibido, colisiona con el principio general del uso equitativo de los bienes públicos.
En definitiva, aunque la picaresca para asegurarse una plaza de aparcamiento está extendida en España, los conductores deben ser conscientes de que estas prácticas no solo pueden generar conflictos con otros usuarios, sino que están en un limbo legal que frecuentemente deriva en sanciones. La solución estructural pasa por un replanteamiento de los modelos de movilidad urbana que reduzca la dependencia del vehículo privado y optimice el uso del espacio público en nuestras cada vez más congestionadas ciudades.