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Cómo solicitar la ayuda al alquiler: requisitos y plazos

Se podrá solicitar la subvención desde el 15 de noviembre hasta el 15 de diciembre

El Govern ha agilizado los trámites para el alquiler. | Gemma Andreu

| Palma |

El Govern anunció el pasado 28 de octubre la convocatoria de ayudas al alquiler de 2022, dotadas en total con un presupuesto de 8,7 millones de euros. Con estas ayudas se pretende rebajar la tensión competitiva de los precios y facilitar el acceso a la vivienda de personas vulnerables económicamente y que tengan dificultades para llegar a fin de mes. El Ejecutivo balear ha ideado una serie de requisitos para poder solicitar esta ayuda a través de la página web ajudeslloguer.caib.es. Esta solicitud se podrá hacer desde el 15 de noviembre hasta el 15 de diciembre y en caso de no poder hacerlo vía telemática se tendrá que pedir cita previa y acreditar la imposibilidad de acceder a la web.

Después de solicitar la ayuda, se tienen que entregar los documentos en los que se reflejen los requisitos que exige el Govern para tener derecho a la subvención: la vivienda tiene que estar en Baleares, tiene que ser la residencia habitual, se debe presentar el contrato por escrito y tiene que que ser máximo de 900 euros mensuales.

Además, en la unidad de convivencia también se tienen que cumplir los siguientes requisitos: el que pida la ayuda tiene que ser el titular del alquiler, no tener deudas con el arrendatario de la vivienda, hacer el pago de las mensualidades a través del banco, cumplir los requisitos de ingresos máximos, no tener incompatibilidades para recibir subvenciones y no tener en propiedad viviendas, salvo que sea recibida por herencia y/o no se disponga del inmueble por motivos justificados. Finalmente, no puede ser socio o familia directa del propietario.

Por otro lado, como requisito principal, el solicitante debe tener unos ingresos máximos para poder optar a ella. En el caso general, la renda máxima es de 24.318 euros anuales. De otro modo, en categoría de familia numerosa, personas con discapacidad o víctimas del terrorismo, la renda asciende hasta 32.425 euros anuales. Por otro lado, en el caso de ser categoría varia hasta los 40.531 euros anuales en el caso de que sea familia numerosa especial o con miembros que tengan discapacidad de un grado igual o superior del 33 %. El pago de la ayuda supondrá un 50 % del importe acordado del alquiler y se establece un máximo por inmueble de 3.000 euros anuales.

Para cumplir con estos requisitos, no es compatible con otras ayudas del pago del alquiler del Plan Estatal por el acceso a la Vivienda 2022-23, ni con las que tengan estas finalidades, menos, en caso de que sean personas víctimas de violencia de género o personas vulnerables.

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