Tras siete meses de amenazas y denuncias cruzadas, los dos excursionistas que protagonizaron, en septiembre de 2024, un violento encontronazo contra el propietario de una finca situada en el Camí de Ses Covetes, en Llucmajor; han ganado el juicio que les enfrentaba. El dueño les amenazó y golpeó con un martillo metálico en la mano y propinó un fuerte cabezazo a uno de ellos.
El proceso, tramitado como juicio leve, se ha saldado con una multa y compensación a los agredidos; especialmente al que recibió el golpe en la región nasal superior. El condenado pagará 180 euros al caminante herido en concepto de indemnización y responderá con una multa de 90 euros por el delito de lesiones.
Según reza la sentencia, el juez destaca la actitud pacífica que mostraron en todo momento los excursionistas en comparación a la agresividad y amenazas del propietario, que blandía el martillo y empujó a uno de los caminantes.
Éste es el vídeo que se presentó como prueba de lo sucedido:
Además, aunque contempla que legalmente el tramo en el que ocurrieron los hechos es propiedad indiscutible del condenado, el juez dice que «aún no teniendo derecho los denunciados para introducirse en la finca con la finalidad de atravesarla y continuar por el camino que ya va por fuera y está abierto para uso de caminantes y excursionistas, el legislador determinó hace tiempo que no es delito la entrada en terreno ajeno, otro supuesto sería causar daños, hurtos o amenazas», indica el documento.
De hecho, este fue uno de los puntos conflictivos del juicio, ya que el dueño de la finca les acusó de hurtar en el interior, y amenazar a su mujer, además de dañar a los animales del lugar. El juez considera que no hay ninguna base ni justificación para pensar en este extremo; ya que no existe prueba ni indicio alguno de ello, tal y como deja reflejado en la sentencia.
Asimismo, el documento judicial aclara una cuestión polémica ya que dice que «la sola entrada y salida con finalidad deportiva no está penalizada en nuestra ley penal, aún no teniendo derecho los denunciados de entrar en la finca, siendo únicamente su intención la de correr por el bosque sin entrar en morada alguna y sin acometer de ninguna manera al morador». Por ello, han sido absueltos en esos términos.
A pesar de la claridad de lo expuesto, la sentencia no es firma y cabe recurso, que deberá interponerse en los próximos cinco días. Por otra parte, los excursionistas mantienen otro proceso abierto contra el propietario de la finca, ya que tras lo ocurrido y según el testimonio de los afectados, habría publicado fotos de ellos en Facebook acusándoles de ser carteristas. Eso sí, ninguno de esos 'posts' a los que hacen referencia fue firmado por el condenado, sino que aparecieron en un grupo de la zona con autor anónimo.
O sea que tengo que dejar pasar a gente por mi propiedad. Eso está muy bien. Deberíamos enterarnos donde vive el juez y pasearnos por su vivienda a ver qué put... gracia le hace