"La versión de los acusados es imposible".
La fiscal ha señalado que la coartada de los dos hombres enjuiciados por asesinar a un turista tras lanzarlo desde una furgoneta a la autopista de Llucmajor ha sido rebatida por los investigadores de la Policía Nacional y por un testigo que iba de copiloto en un Fiat 500. "Lo que se encuentra en la Ma-19 es que hay una furgoneta que está haciendo cosas raras. Lo que ve es que lo tiraron. Tim cae porque lo tiran. Iba como un paquete, sin ninguna defensa y con los brazos en equis".
El hombre llamó a los equipos de emergencias cuando llegó a la rotonda del Fan tras ver cómo arrojaban a la víctima, un joven alemán que tenía 20 años. "Gracias a este testigo se inicia la investigación. Se lo dijo al 112, a la Guardia Civil, a la Policía Nacional, a la jueza de Instrucción y a ustedes: 'Lo han tirado'".
La representante del Ministerio Público ha comentado este jueves en el trámite de informes del juicio con jurado en la Audiencia de Palma que Tim Vogt dio una tasa de alcohol de 2,41 gramos por litro de sangre. "No tenía ninguna defensa y fue tirado desde una furgoneta a una autovía afectado por el alcohol. El acusado José David nunca fue de copiloto. Materialmente es imposible. Una persona no llega desde el asiento del copiloto a cerrar la puerta del vehículo".
La letrada de la familia de la víctima ha hecho hincapié en que José David R. es "imposible" que estuviera en el asiento del copiloto de la Citroën Berlingo. "El señor José David dice que nunca estuvo detrás, que desde el asiento del copiloto fue capaz de ponerle el cinturón y cerrar la puerta corredera de la furgoneta. Esto es sencilla y materialmente imposible. Los policías dicen que una persona con la misma estatura que José David hizo una prueba en la misma furgoneta. Ángel Ruiz [jefe del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional] nos dice que la distancia entre el copiloto y la maneta es de 1'30 metros y que una persona puede hacer ese movimiento si mide 2,05 metros".
La abogada ha añadido que el hecho de que los dos acusados, Francisco Jesús J. y José David R. no contestaran a las acusaciones, "con todo su derecho, es un dato relevante". No ha dado ningún tipo de credibilidad a la versión que ofrecieron de que lo querían acompañar a Palma porque un taxi no lo había querido subir. "Es mentira".
"¿Por qué tienen que responder en el mismo modo el señor Francisco, que era el que conducía, y José David R., que fue quien lo lanzó?
Cuando un grupo de gente atraca un banco, la persona que está fuera en el coche esperando también responde como coautor porque con su conducta complementa el delito. Si hubiera sido una sorpresa Francisco hubiera parado el coche. No hubiera desplazado el coche hasta el arcén para que no le cogieran las cámaras mientras David lo arrojaba por la puerta izquierda de la furgoneta. Es muy tentadora la idea de pensar que un extranjero borracho se ha puesto en peligro él mismo. No estamos ante un caso de balconing de un alemán ebrio. Tim nunca decidió saltar de la furgoneta, le tiraron. Y lo hicieron sabiendo que solo iba a haber un desenlace posible: la muerte".
La letrada ha concluido su informe acusando a Francisco Jesús J. y José David R.: "Estos señores son los asesinos de Tim Vogt y no el alcohol". José David R., este jueves en su declaración, comentó que el único culpable de la muerte del turista alemán tenía siete letras y era el alcohol.
La abogada de Francisco Jesús J., el conductor de la Citroën Berlingo, ha dicho que las acusaciones han repetido muchas veces que el testigo, el hombre que iba de copiloto en un Fiat 500, dijo que lo tiraron. "No hay nada más difícil en Derecho Penal que defender a un inocente", ha apuntado en un informe que se ha prolongado durante más de una hora y media. "Si yo quiero arrojar a la autovía a alguien no freno, no me meto en el arcén, no tiene ninguna lógica".
La letrada de la defensa sostiene que los dos acusados no tiraron a la víctima a pesar de la declaración del testigo y ha lamentado que la Policía Nacional no hubiera realizado una reconstrucción del supuesto crimen tras la detención de los encausados. "El instructor [jefe del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional] dijo que nadie se tira de una furgoneta en su sano juicio. Pues precisamente es una de esas situaciones que producen los 2,41 gramos de alcohol en sangre que tenía Tim". "Tim jugaba al fútbol, era portero, y sabía caer. Cruzó los brazos y se tiró en el sentido contrario a la circulación, no estaba indefenso".
La versión del otro acusado de que cerró la puerta de Tim desde la asiento del copiloto no le parece "imposible", como ha señalado la fiscal. "A mí no me parece absolutamente inverosímil. A lo mejor no tendrían que haber cogido a un funcionario de la policía, sino a este señor [señala a José David R.]" para escenificar la acción del cierre de la puerta de la furgoneta. "Podrían considerar su conducta como poco ética, pero mi cliente no cometió ningún delito".
La presidenta del tribunal popular ha decidido que se realizara un receso tras el extenso informe de una de las defensas y el juicio se ha retomado a las 13.30 horas con la intervención de Belén Porcel, la letrada de José David R., que ha recordado al jurado popular el principio de 'in dubio pro reo', que significa que en caso de que tengan dudas deben favorecer al reo.
"El estado no puede concebir condenar a una persona inocente", ha afirmado. "No necesitan una clase de Derecho, pero este principio es de obligado cumplimiento". La letrada ha manifestado que se hizo "una instrucción nefasta" y que Tim accedió de forma voluntaria a la furgoneta. "Dijeron que la reconstrucción era absurda innecesaria. Me causa terror que un jefe de homicidos de la Policía Nacional considere absurda e innecesaria la reconstrucción de los hechos."
Los hechos ocurrieron sobre las 22.30 horas del 8 de octubre de 2022. Los dos acusados, según la fiscal, eran conscientes de que tirando a una persona con las capacidades disminuidas por la bebida en el momento en que cayera a la vía iba a morir. La Fiscalía y la acusación particular reclaman una condena de 25 años de cárcel para cada uno de los dos procesados por un delito de asesinato mientras que sus defensas solicitan la absolución.