El tío del menor acosado por el profesor y cantante Miquel Roldán ha sido absuelto tras llamarle «pederasta» en Facebook. La jueza considera que los hechos no son constitutivos de un delito de calumnias con publicidad e injurias. «Es cierto que dijo que Miquel Roldán Llinás era un pederasta,pero hay que tener en cuenta el contexto en que profirió tal expresión. El acusado actuó con el objetivo de proteger a su sobrino frente al comportamiento del querellante, quería poner de manifiesto el sufrimiento de su sobrino, la conducta del querellante con su sobrino», concluye la magistrada.
La sentencia recoge que el 24 de diciembre de 2022, Miquel Roldán desapareció de forma voluntaria y se fue a una casa de campo de Manacor tras publicar un videoclip en Facebook en el que aparecían las imágenes de un menor que habían sido grabadas en la casa de los abuelos del adolescente. El profesor y cantante dejó una carta para su familia, que pidió ayuda para localizarlo explicando que había dejado una misiva de despedida. La asociación SOS Desaparecidos difundió carteles de Roldán de forma urgente con su imagen.
El músico reapareció y al ver el revuelo que se había originado en torno a su desaparición el 4 de enero de 2023 publicó una carta en sus redes sociales explicando los motivos de su marcha voluntaria. Decía que se había equivocado, que solo pretendía escenificar «un juego de detectives» y que su intención nunca fue suicidarse, sino generar un debate sobre salud mental y el suicidio.
El tío del menor que aparecía en las imágenes, el 5 de enero respondió a unos comentarios en Facebook sobre Roldán diciendo que era «un payaso» y «un pederasta». «Ha estado acosando a mi ahijado durante más de dos años y el vídeo que han borrado era referente a él».
«El acusado contestó a unos comentarios y dijo que era un pederasta porque su sobrino tenía 16 años y el otro era un señor mayor. No por un contenido sexual, sino porque tenía un interés amoroso por su sobrino. Cuando dijo que era un pederasta se refería a que era un hombre mayor que acosaba a su sobrino, que era menor», indica la jueza, que añade:
«Miquel Roldán no fue acusado ni ha sido condenado por un delito de abusos sexuales a un menor pero sí lo ha sido, aunque la sentencia no sea firme, por un delito de acoso a un menor. Por tanto, los hechos a los que aludía el acusado en sus comentarios, no puede decirse que fueran imputaciones falsas y con manifiesto desprecio de toda confrontación con la realidad o a sabiendas de su inexactitud».
El abogado del profesor y contante solicitaba una condena de un año y ocho meses de cárcel para el tío del menor acosado y que indemnizara a Roldán con 10.000 euros por el daño moral ocasionado.