El juez ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza por un delito de lesiones con instrumento peligroso para los tres hombres detenidos por la brutal paliza recibida por otro este domingo en el aparcamiento de un centro comercial de Laredo. Por su parte, la mujer detenida también por estos hechos, familiar de los anteriores, ha quedado en libertad provisional por su menor participación en los hechos, con obligación de comparecer en el juzgado, así como prohibición de comunicar y acercarse a la víctima. Así lo han informado a Europa Press fuentes judiciales, después de que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Laredo haya abierto diligencias previas por un delito de lesiones con instrumento peligroso por el que están investigadas estas cuatro personas. Los tres hombres detenidos, dos de ellos ayer, han pasado esta mañana a disposición judicial; mientras la mujer fue detenida ayer y quedó en libertad, siendo citada para este lunes en el juzgado. Las cuatro detenciones se han practicado en las localidades de Cicero y Laredo.
A los detenidos, que tienen entre 28 y 56 años, se les considera presuntos autores de la paliza con barras de hierro recibida por la víctima, un hombre de 63 años, sobre las dos de la tarde del domingo. Las barras empleadas en la agresión son de las que se utilizan para instalar puestos ambulantes, según ha informado la Guardia Civil, que ha precisado que la víctima no estaba realizando en ese momento actividad laboral alguna. El agredido fue trasladado al Hospital de Laredo y de allí derivado al Hospital Valdecilla de Santander, donde continúa ingresado con pronóstico reservado. Según el auto dictado por la titular del Juzgado, existen indicios de la comisión de un delito de lesiones con instrumento peligroso sancionado con penas de hasta 5 años de prisión, sin perjuicio de ulterior calificación de los hechos, habiéndose calificado por el Ministerio Fiscal como delito de homicidio en tentativa.
Tales indicios se desprenden del atestado presentado por la Guardia Civil, de las imágenes incorporadas a las actuaciones, de los partes médicos y de las propias declaraciones de los investigados, añade. En este sentido, señala la magistrada que existen «sospechas fundadas» de que los tres hombres «de común acuerdo y actuando conjuntamente», «con ánimo de menoscabar la integridad física» de la víctima, le propinaron golpes «por todo el cuerpo, con barras de metal de más de un metro de longitud mientras se encontraba en el suelo». Como consecuencia de los golpes, le causaron diversas heridas incisas a nivel de cuero cabelludo y cara, junto con heridas inciso-contusas en brazo izquierdo, y mano y brazo derechos y ambas piernas.
Según el auto, concurren «motivos bastantes para creer responsable criminalmente del delito» a los tres investigados, teniendo en cuenta las imágenes aportadas y sus declaraciones, ya que han reconocido «que tienen un conflicto con la víctima y que se encontraron con él el día de los hechos, produciéndose el altercado, admitiendo su participación en los hechos». «Por otro lado, en el momento de la detención fueron intervenidos los efectos empleados en la agresión, manchados de sangre, así como el vehículo que resultó dañado en la huida del lugar», añade. La adopción de la medida de prisión viene justificada, además de por la gravedad de los hechos y los indicios de la autoría, porque existe un riesgo de fuga «atendiendo a la pena que pudiera imponerse».
También evitará el riesgo de que el investigado atente nuevamente contra la víctima, teniendo en cuenta el problema que relatan y la gravedad de las lesiones y del medio empleado, «no siendo suficiente» la medida de alejamiento planteada con carácter subsidiario«, añade el auto. Por todo ello, »cumpliéndose todos los requisitos« y »siendo estrictamente necesario por no existir otras medidas que garanticen la presencia del investigado en el juicio y que eviten que pueda actuar nuevamente contra la víctima, procede acordar la prisión provisional comunicada y sin fianza« de los tres hombres. En cuanto a la mujer, la magistrada señala que tuvo una participación »sin duda grave, pero menor en comparación con la de los otros investigados, a salvo de lo que resulte de las diligencias pendientes".
«Esa menor participación (se encuentra en el lugar, en ningún momento intenta retener las agresiones directas que se están produciendo por sus familiares, llega incluso a recoger uno de los instrumentos utilizados, pero es cierto que no se le ve agredir directamente) puede redundar en una imposición de pena inferior dentro del límite penológico previsto», explica. Junto a ello, la juez valora que, tras ser puesta en libertad, se ha personado voluntariamente en dependencias judiciales, por lo que considera que una comparecencia semanal ante el juzgado puede ser suficiente para garantizar su presencia durante el procedimiento. Por otro lado, estima suficiente la imposición de una medida de alejamiento de la víctima, así como la de comunicarse con él por cualquier medio. Contra las resoluciones de la magistrada de instancia caben recursos de reforma ante el mismo órgano judicial, o de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria.