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Ley del 'solo sí es sí'

El monitor de Sant Agustí condenado por abusos solicita la revisión de su pena

El acusado, sentenciado a 19 años de cárcel, quiere acogerse a la ley del ‘solo sí es sí' para salir de prisión

El acusado fue condenado a 19 años de cárcel por la Audiencia Provincial de Palma. | Guillermo Esteban

| Palma |

Samuel A. R., el exmonitor del colegio Sant Agustí de Palma que fue condenado por la Audiencia Provincial a 19 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menores de 16 años, uno de ellos continuado, elaboración y tenencia de pornografía infantil y corrupción de menores, podría obtener la libertad en breve. Ahora, con la aplicación de los nuevos criterios de la Ley Orgánica de Garantías de la Libertad Sexual, conocida como la ley del ‘solo sí es sí', el condenado podría ahorrarse hasta cinco años de cárcel y salir de prisión.

La defensa del extrabajador del centro educativo ha interpuesto un recurso solicitando la revisión del caso. En esta ocasión, las penas por las que fue condenado se verían reducidas un año y un día por cada uno de los delitos. Al existir cinco víctimas probadas se le debería restar un total de cinco años y cinco días. Todo ello en aplicación del artículo 2 del Código Penal, que especifica que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo (preso)», pese a que este ya estuviera cumpliendo condena al entrar en vigor.

Samuel A. R., entre los años 2015 y 2018, abusó sexualmente de hasta cuatro menores, de 11 y 12 años, que había conocido en el colegio, donde trabajaba como monitor. La denuncia de una madre puso en alerta a la policía, que lo detuvo en primavera de 2018. En el registro de su vivienda encontraron 83 archivos de contenido pedófilo, además de seis vídeos de un menor desnudándose y tocando al acusado.

En el juicio se limitó a decir que no sabía «qué hacían allí», refiriéndose a su domicilio. Samuel A. R. estaba previsto que estuviera 15 años en prisión a pesar de haber sido condenado a 19. Esto se debe a que el máximo efecto de la condena del culpable no puede exceder el triple del tiempo que se le imponga por la más grave de las penas en que haya incurrido. Y la más grave era la de cinco años por abuso sexual. Ahora, con la rebaja, está a un paso de obtener la libertad.

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