La Fiscalía Provincial de Valencia pide una pena de un año y tres meses de cárcel para un hombre acusado de coaccionar a la profesora de su hija: «Te has pasado por la cara mi autorización, donde no te permito que mi hija vaya a charlas de mujeres, porque no cree en la violencia de hombre a mujer».
El acusado se enfrenta a un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizadas por la Constitución y a un delito de coacciones leves, según recoge la fiscal Susana Gisbert en su escrito de calificación provisional. En cuanto a las coacciones, concurre la circunstancia agravante de reincidencia.
El incidente se remonta al 27 de noviembre de 2019, cuando el acusado, sobre las 14 horas, abordó a la salida del colegio de su hija a su profesora. Está ubicado en una localidad de la provincia de Valencia, según el escrito.
Al verla, el hombre le dijo: «Te has pasado por la cara mi autorización, donde no te permito que mi hija vaya a charlas de mujeres, porque no cree en la violencia de hombre a mujer». La profesora es también miembro de la Junta Directiva del Centro.
El hombre se refería a una charla impartida acerca de la Federación Autonómica de Asociaciones Gitanas de la Comunidad Valenciana, aprobada tanto por el centro como por la AMPA.
La profesora le reiteró al hombre que la charla no se refería al tema de la violencia de género, pero pese a ello, continuó gritando y afirmando que lo que hacían era «adoctrinar» a los alumnos. También le aseguró que al día siguiente iría con su abogado a denunciar lo que estaban haciendo, así como a la televisión y al partido político Vox.
La profesora denunció los hechos el mismo día en que se produjeron. La Fiscalía pide un año y tres meses de cárcel para el acusado, además del pago de una multa de 3.300 euros y la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativo, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre durante cuatro años.
Así mismo, el ministerio público reclama el alejamiento a una distancia de 300 metros y la prohibición de comunicación con la víctima durante seis meses.