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Un juez condena a la pareja del copiloto del accidente de Spanair por incumplir un acuerdo de pago tras el siniestro

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El titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Salamanca ha condenado a la que fuera pareja del copiloto mallorquín que, junto a otras 153 personas, perdió la vida en el accidente del vuelo JK5022 de Spanair el 20 de agosto de 2008, al incumplir un acuerdo que tras el siniestro alcanzó con los padres del fallecido para repartirse ambas partes las indemnizaciones que percibieran tras el suceso.

La sentencia estima así la demanda interpuesta en su día por los progenitores de Francisco Javier Mulet e insta a Estrella Toral a abonarles un total de 60.556 euros más intereses, cantidad que la demandada eludió pagar aduciendo que tenía que pagar un impuesto a Hacienda derivado de la indemnización de 140.794 euros que cobró tras el accidente.

El juez considera acreditado que ambas partes acordaron el reparto mutuo de las cantidades económicas que obtuviesen pero, llegado el momento, la pareja del copiloto «incumplió burdamente» el pacto, tal y como subrayan los demandantes, ya que «les transfirió menos de lo acordado».

«Lo vergonzoso es que mintió», asevera en su demanda el abogado palmesano que representa a los padres del fallecido, Antonio Martínez, del Bufete Coca. «Fingió que había tenido que pagar un impuesto a Hacienda, por lo que el pago o reparto que debía hacerles era menor que la suma esperada según el porcentaje pactado», recalca.

El letrado abunda en su escrito que los afectados siguieron «siempre y en todo momento las precisas instrucciones de la señora Toral, dado que ella era jurista en derecho», y afirma que tras múltiples intentos «amistosos» y de conciliación, la demandada incumplió lo acordado y «sobre todo ha mentido, engañado burdamente y, en definitiva, defraudado moralmente a personas que la querían».

«Todo por dinero y aprovechándose de sus conocimientos jurídicos, posición y maquiavélico proceder», relata la demanda, ahora estimada por el juez.

El juez señala, recogiendo lo contenido en el escrito de los padres, que Toral ingresó a cada uno 28.376 euros pero no lo correspondiente «al impuesto que había indicado, haciendo suyo el total que preveía para el tributo: 60.556 euros».

Es más, el magistrado asevera cómo, a lo largo de este procedimiento judicial, la demandada no ha aportado documento alguno que acreditase ser beneficiaria de los contratos o pólizas de seguro que el fallecido hubiera suscrito, sino que son los progenitores de éste quienes «constatan lo contrario y resultan beneficiarios conforme a la documental de la demanda».

«Unicos herederos del fallecido, su relato es coherente: a los pocos meses del siniestro perciben la indemnización del seguro y abonan parte a la demandada», subraya la sentencia, que señala que la cantidad pagada por su parte por los padres del copiloto a favor de su compañera sentimental superó los 200.000 euros.

Se da la circunstancia de que, según la resolución judicial, el seguro del que cobró la demandada no había sido concertado por el fallecido, sino por la propia compañía aérea.

En su demanda, el abogado subraya que, dado que Toral no era pareja de hecho inscrita ni había formalizado trámite alguno al respecto con el copiloto, «ideó, preparó y confeccionó una serie de documentos y actuaciones tendentes a que se reconociese 'en papel' su condición de pareja sentimental con el fallecido y obtener así una indemnización a su nombre».

De forma paralela, abunda, junto a su madre -funcionaria técnica de Hacienda, según precisa- y una vez se estaban abonando las indemnizaciones por parte de las aseguradoras, «también ideó la confección de una serie de documentos que redactó ella misma a fin de pagar los mínimos impuestos por su parte».

Se trata de un «maquillaje» dirigido, sostiene el letrado, a «disfrazar la realidad» y «eludir sus exclusivas obligaciones con el fisco» que, sin embargo, «en nada afecta a la obligación contraída con esta parte».

Los padres de Francisco Javier Mulet recuerdan además que la cantidad que la demandada afirmó haber cobrado fue de 128.294 euros, a la que la pareja de su hijo restó los 60.556 que ahora ha sido condenada a abonarles «fingiendo el pago de un supuesto impuesto». «Lo que es falso por estar exenta. De hecho, ante tan burda treta, se le solicitó copia o justificante del supuesto pago del impuesto, pero nunca apareció. Lógicamente no existe», concluye la demanda.

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