Un juzgado de Palma ha condenado a un año de prisión a un ciudadano rumano que atropelló y mató a un peatón en la avenida Gabriel Roca de Palma. Los hechos ocurrieron el 17 de enero de 2010. El acusado conducía una furgoneta de la empresa para la que trabajaba en dirección a Andratx. Circulaba con exceso de velocidad -a 65 por hora en lugar de a los 50 que marca el límite en zona urbana- y había consumido alcohol. De esta manera no pudo esquivar a un peatón que cruzaba en ese momento la calle. La víctima, un hombre de 38 años de edad, sufrió una parada cardiorrespiratoria y falleció casi en el acto.
En el test de alcoholemia que se realizó al acusado tras el choque dio un resultado positivo con más de 1,1 miligramos de alcohol en aire, es decir, cuatro veces por encima de lo permitido para un conductor normal. Además, los agentes que le examinaron percibieron que tenía signos claros de ir borracho. A esto se suma que el acusado ya tenía una sentencia previa del año 2007 por conducir bajo los efectos del alcohol.
Conformidad
En el juicio, el encausado admitió los delitos y se conformó con una condena de un año de prisión. Lo único que quedó pendiente para la sentencia fue la responsabilidad civil. La acusación particular, ejercida por el letrado Antoni Tugores, del bufete Buades, reclamaba una indemnización para la mujer que crio a la víctima sin ser su madre biológica ni adoptiva. La aseguradora del acusado se negaba porque esta figura no está reconocida en el baremo por el que se guían las compañías en casos de accidente.
La mujer se había casado con el padre del fallecido cuando la víctima tenía diez años. Desde ese momento ejerció como su madre a todos los efectos. La sentencia le da la razón porque señala que: «En el supuesto de un niño que ha sido criado, cuidado, atendido y querido como un hijo, en tal condición debe serles abonada la indemnización fijada para los padres».