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Condenan al Hospital de Manacor a indemnizar a una pareja por la muerte de su bebé tras el parto

Fachada del Hospital de Manacor. | Archivo

| Manacor |

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJIB) ha condenado al Hospital de Manacor a indemnizar económicamente a una pareja cuyo bebé murió horas después de nacer, a raíz de una serie de complicaciones en el parto.

La muerte del bebé, una niña, se produjo en junio de 2006. La pareja interpuso un recurso ante un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, que lo desestimó. Después recurrió este fallo ante el TSJIB que les ha dado la razón porque el «juzgador de instancia incurrió en una errónea apreciación de las pruebas practicadas».

Medios

El TSJIB obliga al hospital a indemnizar con una suma de dinero considerable a la pareja, que prefiere que no se haga pública, «porque lo importante no es el dinero sino que se ha demostrado que no hicieron las cosas bien y hubo negligencias», indicó ayer la mujer.

Al respecto, la resolución del TSJIB, que es firme y no cabe recurso ordinario en su contra, afirma: «El Hospital de Manacor ni utilizó todos los medios a la disposición del servicio sanitario a fin de detectar problemas en el feto durante el proceso del parto, ni por ello pudo prevenir y evitar el notorio daño antijurídico ocasionado, primero a la neonata que perdió la vida tres horas después de nacer, y segundo, a sus padres, quien han padecido el indescriptible sufrimiento de ver morir a su primer hijo poco después de venir al mundo».

Cuando la mujer, de 31 años, se puso de parto y acudió al hospital, estaba en la semana 40 de gestación de su primer hijo y el embarazo había transcurrido con normalidad.

Cesárea

La mujer ingresó a las 02.45 horas y a las 10.15 horas se le tuvo que practicar una cesárea de urgencia después de haberle realizado un tacto vaginal, fluyendo líquido amniótico con meconio y registrarse una alteración en el ritmo cardíaco del feto. Entre las 03.30 horas de la madrugada y las 08.00 el feto tuvo cinco momentos de alteraciones en el ritmo cardíaco: Una se atribuyó a la anestesia epidural, dos a la oxitocina y dos sin causa aparente. A las 08.30 horas se procedió a la rotura artificial de aguas y se detectó la presencia de meconio. A las 10.15, tras otro tacto vaginal se acordó la cesárea urgente. El bebé murió tres horas después de nacer por aspiración masiva de meconio.

El TSJIB recoge en el fallo que no se detectaron indicios de sufrimiento fetal hasta las 10.20 horas y la presencia de aguas teñidas de meconio, por si sola, no supone una prueba de sufrimiento fetal.

No obstante, la sentencia considera que «al constatarse la presencia de líquido amniótico con una gran presencia de meconio, unido a los episodios de bradicardias producidos durante el proceso de parto hubiesen requerido la práctica, bien de pruebas complementarias para descartar el sufrimiento fetal, bien la extracción inmediata del feto mediante cesárea». «La prolongación y espera del alumbramiento en dos horas, a pesar de estos datos que podían conllevar la presencia de sufrimiento fetal, sin realización de prueba alguna, supusieron una deficiente asistencia sanitaria», concluye.

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