La Audiencia de Palma ha absuelto a dos hombres de un delito de abusos sexuales contra su hija y nieta, al considerar que no queda demostrado que la menor fuera sometida a prácticas sexuales por parte de los procesados cuando convivió con ellos durante dos años en su casa de Marratxí (Mallorca).
La sentencia no niega que la menor sufriera abusos, pero declara inocentes a los dos hombres, defendidos por José Ignacio Herrero, porque durante el juicio quedaron «dudas» acerca de que ellos fueran sus autores.
«No se niega que los hechos no sucediesen, se reconoce que se aportan datos que muestran que (la menor) presentaba síntomas compatibles con los de una persona que ha sufrido abusos sexuales», afirma la resolución, que añade que en este caso «no se ha demostrado con la certeza que exige una condena penal» la culpabilidad de los acusados.
Los hechos enjuiciados se remontan al periodo comprendido entre los años 1998 y 2000, cuando la menor tenía de 8 a 10 años y se fue a vivir a la casa del padre y el abuelo en Sa Cabaneta.
La niña se trasladó allí desde un centro en el que estaba acogida tras ser declarada por los servicios sociales en situación de desamparo dada la situación que vivía con su madre y la familia de esta.
La sentencia indica que durante su testimonio en el juicio los ahora absueltos declararon que la niña no les tenía cariño y negaron las acusaciones, mientras que la menor afirmó que abusaron de ella varias veces.
Al finalizar la vista oral, la Fiscalía y el Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, en calidad de acusación particular, pidieron para cada uno de los acusados 10 años de cárcel por un delito de abusos sexuales.
«Aunque se ha descartado por los peritos que el trastorno psicológico que padece (la menor) afecte a su captación de la realidad y que el sentimiento de rabia hacia las personas que han abusado de ella es normal en quienes son víctimas de tales experiencias, no se ha despejado debidamente la existencia de móviles que pueden afectar a su credibilidad», afirma la resolución.
La Audiencia considera además «llamativo» que la menor dijo haber sufrido abusos por parte de otras dos personas -su abuelo materno y un menor- y, aunque no niega que esta «cadena de abusos» se hubiera podido producir, considera que se tendría que haber indagado más en este aspecto en el juicio.
La «intermitencia» en la acusación a las otras personas de la menor, unida a «las importantes dudas surgidas» en relación a los abusos concretos -la fiscal tuvo que cambiar el relato de los hechos a raíz del juicio- han conducido a la Sección Primera de la Audiencia a decretar la absolución de los acusados.