José Juan Puchal Pérez, el asesino confeso de Juana María Rebassa en enero de 2010 se enfrenta a una posible pena de 20 años por el crimen. La Fiscalía solicita esta condena pero en su escrito de acusación señala que el complejo cuadro psicológico que sufre el acusado aconseja que su internamiento no sea en una prisión convencional sino en un psiquiátrico penitenciario. El caso será juzgado por un Tribunal del Jurado.
El asesino tiene un leve retraso mental al que se unen brotes esquizoides y varios trastornos mentales y psíquicos más. De acuerdo con el ministerio público, el reo necesita vigilancia médica de forma permanente y nunca se recuperará de forma plena de su enfermedad psiquiátrica. Puchal ya tenía estos síntomas cuando cometió el crimen. De hecho, en este caso, la controversia entre acusaciones y defensa no estará en si cometió o no el crimen sino en si el asesino era o no responsable de sus actos. La Fiscalía en su escrito señala que la facultades de Puchal estaban «seriamente mermadas».
Responsable
En la práctica significa que la acusación sí le considera responsable, si bien de manera parcial. Por eso solicita que se le aplique un atenuante que se compensa con el agravante de parentesco, dado que la víctima era su pareja.
A la hora de cumplir esa posible condena toma relevancia la salud mental de Puchal. Junto a la pena de prisión, la Fiscalía solicita el tratamiento médico, eso sí, privado de libertad. Legalmente esta segunda opción tiene prioridad por lo que, en caso de condena, el acusado comenzaría a cumplirla en un centro psiquiátrico penitenciario de la península. ¿Quiere decir ésto que en ningún caso iría a una prisión convencional? No necesariamente. Dependerá de cómo evolucione. Si bien parece poco probable, si en un momento dado de esos 20 años, Puchal dejara de necesitar estar interno en un psiquiátrico no quedaría en libertad, sino que ingresaría en la cárcel.
Junto a la pena de prisión, la Fiscalía solicita que Fuchal indemnice por los daños morales causados con 180.000 euros a los padres de Juana María Rebassa. A esto se añade una prohibición de comunicación y orden de alejamiento respecto a todos los familiares de la víctima por 25 años.