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Crimen de s´Arenal de Llucmajor

La víctima pidió que se anulara la orden de alejamiento contra su ex compañero

Pilar Crevillent denunció en marzo de 2002 que su ex novio le había insultado y amenazado de muerte

J.F.MESTRE/G.PICÓ
El día 10 de marzo del año 2002 Pilar Crevillent, acompañada por su hijo mayor, presentó una denuncia contra su compañero sentimental. Denunció que había mantenido una pelea en su domicilio de la calle Torrent, en s'Arenal, y que Domingo Pozo la había insultado y la había amenazado de muerte a ella y a sus hijos. Este incidente motivó la intervención de la Guardia Civil de Llucmajor, que detuvo al individuo. La mujer acudió al Juzgado de Instrucción número 10 de Palma, según confirmó ayer el juez decano de Palma, Pere Barceló. Pilar Crevillent pidió una orden de alejamiento para evitar que su compañero sentimental pudiera molestarla. La juez aceptó esta petición y dictó dicha orden. Pilar declaró que no había sido el primer incidente de violencia que mantenía con su compañero, pero que antes no le había denunciado por miedo a represalias, pero que en esos momentos temía por la integridad de sus hijos.

Cinco días después, la mujer acudió de nuevo al juzgado, en esta ocasión el de Instrucción número 5, para denunciar que Domingo Pozo había incumplido la orden de alejamiento. El juzgado abrió diligencias, pero no se pudo tomar ninguna medida drástica contra el individuo porque la desobediencia sólo se castigaba con pena de multa y no con el ingreso en prisión.

Sin embargo, el día 20 de abril, sólo diez días después del incidente, la mujer regresó por tercera vez al juzgado. En esta ocasión su intención era otra. Quiso retirar las dos denuncias y pidió a la juez que dejara sin efecto la orden de alejamiento. El hijo, que también aparecía como denunciante, siguió los mismos pasos que su madre. La jueza que había dictado esta medida aceptó los deseos de la mujer, pero como medida de prevención, ante la posibilidad de que el individuo pudiera volver a amenazarla, en lugar de archivar el caso, instruyó un procedimiento por una falta. El día 10 de julio del año 2002 se debía celebrar el juicio, pero no por amenazas, sino por una falta de resistencia, ya que parece ser que el día de los hechos el detenido se enfrentó a un agente de la Guardia Civil. Sin embargo, al juicio no compareció ni Domingo ni Pilar, y el agente renunció a las acciones. Por tanto, la juez no tuvo más remedio que dictar una sentencia absolutoria.

El juez decano de Palma quiso dejar claro que en estos momentos no existía ninguna orden judicial de alejamiento contra el presunto asesino.

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