Los ordenamientos jurídicos, europeos continentales, se rigen en su mayoría por reglas escritas llamadas leyes, establecidas mediante un sistema normativo jerárquico de obligado cumplimiento, por ejemplo, la construcción de un edificio debe observar una serie de requisitos. Si, como consecuencia de la violación de tales requisitos, el edificio se derrumba y mueren personas, la Ley determina las sanciones correspondientes.
Y llamamos a este supuesto Caso A. En el sistema anglosajón, en cambio son los jueces quienes determinan tales sanciones, mediante sentencias que luego alegarán las partes sentando así jurisprudencia la sentencia. Es decir, en un caso posterior, el perjudicado por un derrumbe B, semejante al del Caso A, podrá solicitar que se le aplique el mismo trato obtenido por el sujeto A en el caso A. Si el juez B accede, la decisión del juez A en el Caso A habrá sentado jurisprudencia.
El viernes 4 de este mes, diversos medios de comunicación de Australia han sido condenados al pago de una multa de unos 843.000 dólares por desoír una orden judicial que prohibía informar sobre la condena por pederastia, al hoy cardenal George Pell, impuesta el año 2018. Dos adolescentes acusaron al religioso, fue condenado, pasó 402 días en la cárcel. Absuelto con posterioridad por falta de pruebas, es de esperar que esa determinación siente jurisprudencia porque reconcilia al hombre con su especie. Sentencia difícil, cuesta reconocer semejante error. Ambas partes son aquí admirables. Pell, por resistir fiel a la verdad pero también hay que quitarse el sombrero ante un sistema jurídico que, pese a una opinión pública adversa, reconoce el error por fidelidad a esa misma verdad.