Una sentencia del Tribunal Superior de Justícia de les Illes Balears (TSJIB) avala el confinamiento que dictó el Govern durante el pasado mes de junio a los estudiantes –procedentes de varias regiones– que habían llegado a Mallorca en viajes de estudios y eran susceptibles de haber mantenido un contacto estrecho con infectados de COVID-19. En primera instancia, ante los recursos interpuestos por los padres, sólo se aceptó el confinamiento de los casos positivos y muchos jóvenes pudieron regresar a sus casas. Todo este episodio acabó generando un nuevo estallido de infectados en todo el país del que se quiso responsabilizar de algún modo a las instituciones de las Islas.
La actitud de los padres.
Una de las situaciones más sorprendentes de aquel episodio fue, sin duda, la actitud de muchos padres que calificaron de secuestro la decisión de la Conselleria de Salut de confinar en un hotel a los jóvenes. Las protestas protagonizaron numerosos informativos estatales, dando apoyo incluso a la actitud de unos individuos que se habían saltado las normas más elementales de prevención frente al virus. Sorprende, en todo caso, que la primera instancia judicial obviase el informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias que justificaba el aislamiento dictado desde Salut.
Los derechos y la responsabilidad.
La pandemia ha puesto al límite el marco de derechos y libertades individuales en nuestro país. Las confrontaciones judiciales por esta cuestión han sido una constante, al igual que unas decisiones contradictorias en muchas ocasiones. La falta de una legislación estatal que permita delimitar las competencias de cada institución ha generado multitud de problemas, una lección que debe quedar aprendida de cara al futuro. En el fallo del TSJIB ha imperado el sentido común, una premisa que no siempre tiene que cumplirse cuando existe un vacío legal tan enorme.