Los contadores eléctricos tendrán una vida útil de 30 años, deberán ser verificados cada cinco por las Comunidades Autónomas y las mediciones no podrán desviarse más de un 3 por ciento, según la Orden Ministerial aprobada ayer por el Ministerio de Fomento.
La Orden, firmada por el titular de este departamento, Francisco Alvarez-Cascos, actualiza la normativa sobre contadores eléctricos de uso doméstico y regula la verificación periódica de los aparatos y su revisión después de reparaciones o modificaciones.
Según Fomento, la Orden garantiza el mantenimiento de las características metrológicas de los contadores y, por lo tanto, la fiabilidad y corrección de las mediciones, a fin de que la facturación se corresponda con el consumo real.
La norma fija en cinco años el periodo de validez de la verificación periódica, limita a treinta años la vida útil de los contadores y establece que el error máximo permitido en las verificaciones no podrá superar el 3%.
El director general de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), José María Múgica, dijo que fijar en el 3% el error máximo permitido en las mediciones de los contadores eléctricos es «una barbaridad». Múgica consideró «inaceptable» que la norma no obligue a sustituir los contadores que presenten errores de medición inferiores al 3 por ciento. Por el contrario, consideró «razonable» el plazo de cinco años para revisar el funcionamiento de los aparatos.