El Consejo de Ministros aprobó ayer la remisión a las Cortes Generales del proyecto de ley que modifica la Ley General de Publicidad, para incluir en ella la regulación completa de la figura de la publicidad comparativa.
La modificación viene exigida por la necesidad de incorporar a
nuestro ordenamiento jurídico una Directiva comunitaria del año
1997.
La publicidad comparativa alude explícita o implícitamente a un
competidor o a los bienes o servicios ofrecidos por este.
En la Directiva comunitaria se considera que este tipo de
publicidad puede estimular la competencia entre los proveedores de
bienes y servicios en beneficio del consumidor, siempre que la
utilicen en las mismas condiciones de igualdad y que la comparación
entre productos sea objetiva y verificable.
Entre los requisitos que ha de cumplir se incluyen, entre otros, que los bienes y servicios que se comparen habrán de tener la misma finalidad o satisfacer las mismas necesidades, y que la comparación se realizará de modo objetivo entre una o varias características esenciales y representativas de los bienes o servicios.