La creación de esculturas de arena en las playas del término municipal de Calvià deberá contar con un permiso del Ajuntament. Así lo refleja el borrador de la futura ordenanza para el fomento de la convivencia, actualmente en periodo de exposición pública para la presentación de alegaciones.
El artículo 39 de la normativa especifica que, «en defensa del interés general, y como medida de protección de nuestros visitantes», la Alcaldía ha de arbitrar las acciones necesarias para evitar que, entre otras prácticas, «se hagan esculturas de arena en playas y zonas adyacentes sin autorización previa municipal», reza textualmente el punto E del mencionado artículo de la ordenanza.
Asimismo, la normativa en ciernes estipula también que la autorización del Consistorio debe señalar, además de otras condiciones, la localización de la zona de playa autorizada para alojar la escultura de arena que, en todo caso, no podrá exceder los ocho metros cuadrados. La Administración local sólo estará en condiciones de autorizar una ocupación mayor «siempre y cuando el proyecto autorizado lo requiera» y siempre según el criterio técnico municipal.
Por otra parte, la nueva ordenanza establece también que la vigencia de la autorización municipal tiene un carácter «personal e intransferible» y su vigencia queda establecida en un mes.