Una nueva resolución de la Agencia Estatal de Protección de Datos (AEPD), del día 21 de enero, concluye que el Ajuntament de Sóller ha infringido varios artículos de la Ley de Protección de Datos (LOPD) cometiendo una falta leve y otra grave por «saltarse» dos artículos. La AEPD requiere al Consistorio para que «en el plazo de un mes comunique las medidas tomadas para evitar que en el futuro se puedan vulnerar de nuevo estos artículos». Estima también el último recurso presentado por el colectivo Albaïna sobre este tema.
Este recurso se interpuso a la decisión de la AEPD de archivar el procedimiento contra el Ajuntament por las cámaras municipales, al no poder comprobar que estas, tal y como denunciaba el colectivo, estuvieran en funcionamiento.
Sin embargo, Albaïna presentó un nuevo recurso, dado que una foto en la página de facebook de la Policía Local «demostraba», según el colectivo, que al menos el día 22 de octubre del 2013 una de las cámaras funcionaba. Albaïna lo hizo público y entonces la Policía Local, sin negar que puntualmente hubiera podido haber esta conexión, reveló como todo el sistema de vigilancia estaba obsoleto y casi completamente desmantelado. La Policía lamentó entonces que con sus denuncias «infundadas» Albaïna pusiera en peligro la seguridad ciudadana al obligarles a revelar sus carencias en materia de vigilancia.
Según Albaïna «después de la investigación realizada por la AEPD, ésta ha dictaminado que las cámaras estaban en funcionamiento y que, por tanto, el Ajuntament mentía». Concluye que «la resolución demuestra que las cámaras son doblemente ilegales: primero, porque el archivo en el que se almacenan las imágenes no está inscrito en el Registro General de Protección de Datos y, segundo, porque los ciudadanos no son informados de su grabación».