El Tribunal Supremo ha anulado una multa de 318.364 euros impuesta a Ferrocarril de Sóller S.A. por haber incurrido en un abuso de posición dominante al dar preferentemente plazas en el tren que une Palma con Sóller a los pasajeros que contrataran una excursión marítima con una empresa en particular.
En una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo hecha pública hoy, se estima el recurso de Ferrocarril de Sóller a la sentencia de la Audiencia Nacional de 2008 que ratificaba otra resolución del Tribunal de la Competencia multando a la empresa por malas prácticas.
En la sentencia de la Audiencia se avalaba la tesis del Tribunal de la Competencia de que la compañía abusó de su posición como concesionaria en exclusiva del ferrocarril de servicio público Palma-Sóller-Puerto de Sóller, al subordinar la obtención de plazas en horarios preferentes en el tren a contratar una excursión a Sa Calobra con la empresa Excursiones Marítimas Puerto de Sóller S.L.
Sin embargo, para el Supremo en este caso no habría ningún abuso porque cuando un determinado transporte lo presta una empresa mediante una concesión administrativa, como es el caso del tren de Sóller, «no puede hablarse de competencia en ese mercado, puesto que el oferente del servicio es único y su precio viene impuesto por la concesión».